TOBAR CORREA GABRIEL-HIPERMERCADO LIDER LTDA.-ESTACIONAMIENTOS CENTRO S.A.
Rol
Fecha
27 de enero de 2023
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en la sentencia en alzada, con excepción de la frase que comienza con la expresión “analizada la prueba …”, que se encuentra en su primera línea, hasta “$658.100 (seiscientos cincuenta y ocho mil cien pesos” en su motivo noveno que se elimina. Y, se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que en lo que dice relación al daño emergente, la prueba rendida con el objeto de acreditarlo carece de la fuerza de convicción necesaria para darle lugar, en efecto con dichos antecedentes no es posible tener por probada la identidad de las especies que se dicen sustraídas ni su valor. Segundo: Que en tales condiciones corresponde acoger el recurso de apelación en lo pertinente al capítulo referido, conforme se dirá. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia apelada de treinta de marzo de dos mil veinte, dictada por el 2° Juzgado Policía Local de Ñuñoa y se declara que se rechaza lo demandado por dicho concepto. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 2149-2020-P.local
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia apelada de treinta de marzo de dos mil veinte, dictada por el 2° Juzgado Policía Local de Ñuñoa y se declara que se rechaza lo demandado por dicho concepto. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 2149-2020-P.local
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública los abogados Marcelo Ignacio Gómez Vergês y Cristián Joannon Madrid. Santiago, 27 de enero de 2023. Alejandra Soto Nilo, relatora. Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintitrés. Al escrito folio 10 y 11: A todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en la sentencia en alzada, con excepción de la frase que comienza con la expresión “an
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