20º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MARGUIROTT/FISCO DE CHILE - (LTE) - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

27 de enero de 2023

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa sustitución en el último párrafo del

Fundamentos

considerando Décimo Sexto del guarismo “120.000.000” por “40.000.000”. Y teniendo en su lugar y además presente: 1º) Que el examen de la sentencia en alzada permite concluir que la misma se encuentra ajustada a derecho y conforme al mérito de los antecedentes, que se ha pronunciado respecto de todas las peticiones de la parte demandada que, ahora, reitera en su recurso de apelación, desestimando las defensas de reparación satisfactiva y prescripción planteadas. 2º) Que en cuanto al daño moral, el razonamiento que se contiene en el considerando Décimo Sexto conduce a esta Corte a concluir que el monto fijado por el a quo resulta excesivo, precisamente atendida la forma y circunstancias de comisión del ilícito de que se trata y la extensión del daño causado en la víctima, razones por las que se reducirá prudencialmente la suma que por este concepto el Fisco de Chile deberá indemnizar a la parte demandante. Por estos fundamentos, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha diecisiete de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-1115-2019, con declaración que se reduce el monto de la indemnización de perjuicios por daño moral a la suma de $40.000.000 (cuarenta millones de pesos), pagaderos en la misma forma establecida en el

Fallo

fallo que por esta vía se revisa. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10632-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, conformada por el Fiscal Judicial señor Daniel Calvo Flores y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintitres. Proveyendo los escritos folios 38 y 39: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa sustitución en el último párrafo del considerando Décimo Sexto del guarismo “120.000.000” por “40.000.000”. Y teniendo en su lugar y además presente: 1º) Que el examen de la sentencia en alzada permite conclu

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