PAREDES/6° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) CON I.C. N° 18314-2022
Rol
Fecha
27 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Viviana Paredes Martínez, en representación de doña Paola Carrasco, demandada en autos sobre precario, seguidos ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago, Rol C-9931-2021, e interpone recurso de hecho falso, en contra de la resolución de 14 de diciembre de 2022, mediante la cual se rechazó el recurso de reposición y se concedió el recurso de apelación subsidiario, en el solo efecto devolutivo, deducidos por la parte demandante, en contra de la resolución, que no dio lugar a la retención de los montos consignados por la misma parte en la cuenta corriente del Tribunal a quo, por la suma de $2.742.000, que corresponden a dineros pagados por su representada a la actora, por la ocupación de la vivienda. Indica que la resolución recurrida al recaer sobre un incidente, tiene naturaleza jurídica de sentencia interlocutoria de primer grado, en los términos del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia de conformidad al artículo 187 del mismo cuerpo legal debía recurrirse de apelación en forma directa y no subsidiaria del recurso de reposición, como en efecto se interpuso: por lo que solicita negar lugar al recurso de apelación deducido por improcedente. Agrega que las sentencias interlocutorias en contra de las cuales procede el recurso de reposición, independiente de si admiten o no apelación, han sido taxativamente señaladas en la legislación. Solicita en definitiva, acoger al falso recurso de hecho, enmendando conforme a derecho la resolución recurrida y no dar lugar al recurso de apelación por ser improcedente al haber sido interpuesto en subsidio del recurso de reposición y no de manera directa. Segundo: Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil se conceptúa como sentencia interlocutoria aquella que: “falla un incidente del juicio, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, o resuelve sobre algún trámite que debe servir de
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por la abogada Viviana Paredes Martínez. Déjese constancia de lo resuelto precedentemente en la causa ingreso corte N° Civil-18.314-2022, para los fines que corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Civil - 18497 -2022. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por las Ministras señora Dobra Lusic Nadal, señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Viviana Paredes Martínez, en representación de doña Paola Carrasco, demandada en autos sobre precario, seguidos ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago, Rol C-9931-2021, e interpone recurso de hecho falso, en contra de la resolución de 14 de diciembre de 2022, median
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica