COBRA MONTAJES SERVICIOS Y AGUA LTDA/SANCHEZ
Rol
Fecha
27 de enero de 2023
Materia
OTROS RECLAMOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Que por sentencia de diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, la señora María Isabel Palacios Vicencio, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, rechazó sin costas la reclamación interpuesta por la empresa denominada Cobra Montajes Servicios y Agua Limitada, deducida en contra la Inspección Provincial del Trabajo de Osorno, por haber cursado el fiscalizador don Robinson Francisco Momberg Kindley la resolución de multa N° 1744/22/47-1, de 31 de agosto de 2022. En contra de la mencionada sentencia, el señor Pedro Matamala Souper, abogado, por la reclamante, dedujo recurso de nulidad invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Expone que se les aplicó una multa por los siguientes hechos: “No dar cumplimiento al contrato de trabajo del trabajador don Julio Ernesto Valdés Muñoz RUT 15454136-5, al alterar unilateral y discrecionalmente las funciones estipuladas en el contrato de trabajo que según lo pactado por las partes es de ‘‘Administrador de Contrato’’ denominado ‘‘SAESA-30PS19 Servicio de Construcción y Mantenimiento de Obras Eléctricas de Distribución entre Cobra Montajes, Servicios y Agua Limitada -&- grupo Saesa’’ suscrito desde 01 de julio de 2019, al constatar que por instrucción de don Giovanni Oneto Zúñiga; Gerente General/Delegado/Electricidad/Servicios Auxiliares, mediante correo electrónico de fecha 08/07/2022 informa a la empresa mandante, que la ‘‘figura de jefatura’’ hasta el cierre del contrato es don Francisco Vidal Báez y que además es el responsable de tres brigadas en comuna Osorno, hecho que ocasiona que el trabajador afectado, a contar de la fecha 15/07/2022 ya no puede ejecutar las funciones estipuladas en la cláusula primera, numerales 1, 5, 6 y 9 de su contrato de trabajo escriturado en fecha 06/01/2022.”. La infracción de ley que sustenta el recurso la hace co
Fundamentos
considerando: Primero: Que, frente a la imposición de una multa los empleadores cuentan con dos acciones judiciales distintas, esto es, la del artículo 503 del Código del Trabajo, que se dirige en contra de la resolución de multa y permite revisar todos los antecedentes y circunstancias que llevaron a su imposición por parte del fiscalizador actuante. La segunda es la del artículo 512 del mismo código, que está encaminada a impugnar la resolución que resuelve la reconsideración administrativa y sólo tiene por objeto la revisión de la actuación del Director del Trabajo en base a dos parámetros, la corrección de la infracción o el error de hecho en la imposición de la multa por parte del fiscalizador. Así, las diferencias relevantes entre uno y otro régimen dicen relación con el alcance de las facultades del juez que conoce de la reclamación, dado que el artículo 503 otorga amplias facultades al sentenciador de la instancia para evaluar la existencia misma de la infracción, mientras que el artículo 512 limita el alcance de las atribuciones del juez a las circunstancias previstas en el artículo 511. Segundo: Que, en el presente caso se ejerció la acción del citado artículo 503 que otorga amplias facultades al sentenciador de la instancia para evaluar la existencia misma de las infracciones, que es lo que ocurrió. Tercero: Sin embargo, en concepto del recurrente, la infracción a la normativa ocurre porque la señora Jueza decide rechazar la reclamación de la multa infringiendo los artículos 11 y 16 ambos de la ley 19.880, en relación con los artículos 503 y 512 del Código del Trabajo, toda vez que incurre en su errónea interpretación y aplicación, ya que en el caso parte del supuesto que la resolución de multa se basta a sí misma, dotándola de contenido, poniendo de cargo de la empresa desvirtuar la constatación realizada por el fiscalizador, aun cuando no existe claridad respecto de cuáles son en concretos los hechos por los cuales se le sanciona. Sostiene que el razonamiento del
Fallo
fallo recurrido demuestra la falta de fundamentación de la resolución de multa y la sentencia no se hizo cargo de ninguna de las alegaciones formuladas por su representada, pasando por alto los cuestionamientos planteados en la reclamación, desestimando todas las alegaciones de forma genérica. Pide acoger el recurso de nulidad, anulando el fallo recurrido, debiendo dictar la correspondiente sentencia de reemplazo conforme a la ley, que acoja el reclamo, dejando sin efecto la resolución de multa N°1744/22/47-1, con costas. En la audiencia respectiva, realizada el martes 24 de enero reciente, alegaron por el recurso y en contra del mismo los apoderados de las partes. Oídos y considerando: Primero: Que, frente a la imposición de una multa los empleadores cuentan con dos acciones judiciales distintas, esto es, la del artículo 503 del Código del Trabajo, que se dirige en contra de la resolución de multa y permite revisar todos los antecedentes y circunstancias que llevaron a su imposición por parte del fiscalizador actuante. La segunda es la del artículo 512 del mismo código, que está encaminada a impugnar la resolución que resuelve la reconsideración administrativa y sólo tiene por objeto la revisión de la actuación del Director del Trabajo en base a dos parámetros, la corrección de la infracción o el error de hecho en la imposición de la multa por parte del fiscalizador. Así, las diferencias relevantes entre uno y otro régimen dicen relación con el alcance de las facultades
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintisiete de enero de dos mil veintitrés. Visto: Que por sentencia de diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, la señora María Isabel Palacios Vicencio, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, rechazó sin costas la reclamación interpuesta por la empresa denominada Cobra Montajes Servicios y Agua Limitada, deducida en contra la Inspección Provin
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica