PAMELA ARRIAZA MOENA/ INMOBILIARIA KS S.A
Rol
Fecha
27 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: A todo: Que no se describen hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales protegibles a través del recurso de protección, ya que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte escapa a su naturaleza cautelar, pues dice relación con la responsabilidad del vendedor por defectos en la construcción del inmueble vendido, asunto de naturaleza civil y contractual, respecto del cual no existen circunstancias indubitadas que permitan proceder por esta vía. Por estas consideraciones y considerando, además, lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección. Notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-1743-2023.
Fallo
Por estas consideraciones y considerando, además, lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección. Notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-1743-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso rrn Valparaíso, veintisiete de enero de dos mil veintitrés. Resolviendo folio N°1, “Ingreso recurso”: Visto: A todo: Que no se describen hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales protegibles a través del recurso de protección, ya que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte escapa a su naturaleza cautelar, pues dice relación con la respo
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