SIN INFORMACION

ESCALANTE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 23 de noviembre de 2022, comparece el abogado Juan Carlos Bascuñan Lizana, para interponer acción constitucional de protección en favor de Favio Antonio Escalante Hernández, Esmeredy Pérez Guerrero, Favio Alfonso Escalante Pérez y Fabián Ignacio Escalante Pérez, todos de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba sus garantías fundamentales, específicamente las de los numerales 1, 2, 9, 16 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto sus solicitudes de permanencia definitiva. Indica que los recurrentes solicitaron el beneficio migratorio de permanencia definitiva el 18 de noviembre de 2020, a excepción de Favio Alfonso Escalante Pérez, quien efectuó la presentación el 13 de enero de 2021, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndolos en un estado de incertidumbre constante. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre las solicitudes planteadas, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que informa al tenor del recurso el abogado del Servicio Nacional de Migraciones, Nicolás Cornejo Montenegro, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostiene que la petición de Favio Antonio Escalante Hernández avanzó a la etapa de “resolución” el 11 de agosto de 2022 y que las soli

Fallo

se declara que: I.- Se rechaza el recurso de protección deducido a favor de Esmeredy Pérez Guerrero, Favio Alfonso Escalante Pérez y Fabián Ignacio Escalante Pérez por haber perdido oportunidad. II.- Se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Favio Antonio Escalante Hernández en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°29.482-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintisiete de enero de dos mil veintitrés. Al folio 7: A sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 23 de noviembre de 2022, comparece el abogado Juan Carlos Bascuñan Lizana, para interponer acción constitucional de protección en favor de Favio Antonio Escalante Hernández, Esmeredy Pérez Guerrero, Favio Alfonso Escalante Pérez y Fabián Ignacio Escalante Pérez, tod

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