14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

DIHMES/SÁNCHEZ

Rol

Fecha

30 de enero de 2023

Materia

CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el cuatro de enero del año en curso, en contra de la resolución de quince de diciembre del año dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1.058-2023.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el cuatro de enero del año en curso, en contra de la resolución de quince de diciembre del año dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1.058-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, treinta de enero de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo disp

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica