JOSÉ MONDACA PONCE/PRIMERA SALA I.CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA
Rol
Fecha
26 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 28 de diciembre del año dos veintidós, comparece don Rodrigo Chávez Moyano y Patricia Molina Jara, ambos abogados defensores penales del amparado, en expediente RIT: 657-2022 del Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo, causa Ruc: 2201186272-5, Rol de Corte 1.737-2022 penal de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, por el imputado amparado JOSÉ ANTONIO MONDACA PONCE, vienen en interponer acción de Amparo correctivo previsto en el artículo 21 inciso 1° de la Constitución Política del Estado, en contra de la resolución dictada el viernes 2 de diciembre de 2022 por la PRIMERA SALA DE LA ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA compuesta por el ministro Michel Anthony González Carvajal, la ministra suplente Andrea Paola Urbina Salazar y el abogado integrante José Andrés Irazábal Herrera, que resolvió declarar admisible el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante (en circunstancias que debió declararlo inadmisible por las razones que se pasará a exponer) para acto seguido resolver que se revocaba la resolución apelada de 28 de noviembre de 2022 dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo en causa RIT: 657-2022 que había decretado cautelar de arresto domiciliario total del imputado, y en su lugar declarar que se imponía la cautelar de prisión preventiva por ser la libertad del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, resolución recurrida que es ilícita y que tiene al amparado privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Santa Cruz con infracción de lo mandatado por la Constitución y las leyes. Refiere que, el amparado fue detenido el pasado 27 de noviembre de 2022 en horas de la madrugada, siendo gravemente golpeado por sus aprehensores civiles, quienes posteriormente lo entregaron a Carabineros, siendo llevado a constatar lesiones donde según dato de atención de urgencia (DAU) folio 8262032 el imputado fue diagnosticado con “fractur
Fallo
se resuelve: .- Que se rechaza la solicitud de inadmisibilidad del recurso de apelación deducida por la defensa. .- Que se revoca la resolución apelada de veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo, en causa RIT 657-2022, en cuanto decretó la medida de arresto domiciliario total al imputado JOSÉ ANTONIO MONDACA PONCE y, en su lugar se declara, que se le impone la cautelar de prisión preventiva, por ser su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1737-2022.Penal.- Alega que, con fecha 2 de diciembre de 2022, el Tribunal de Garantía de Peralillo, en cumplimiento a lo resuelto por la primera sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, despachó orden de detención en contra del amparado para darle orden de ingreso a la cárcel en calidad de imputado en prisión preventiva. Agrega que, el amparado permaneció cumpliendo rigurosamente la cautelar de arresto domiciliario total hasta el día lunes 12 de diciembre de 2022 fecha en que Carabineros lo tomó detenido en cumplimiento de lo resuelto por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, estando desde el día martes 13 de diciembre de 2022 cumpliendo materialmente la prisión preventiva en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Santa Cruz. Manifiesta que, la resolución dictada por la primera sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, con infracción a lo dispuesto en la Constitu
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C.A. de Talca Talca, veintiséis de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 28 de diciembre del año dos veintidós, comparece don Rodrigo Chávez Moyano y Patricia Molina Jara, ambos abogados defensores penales del amparado, en expediente RIT: 657-2022 del Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo, causa Ruc: 2201186272-5, Rol de Corte 1.737-2022 penal de la Ilustrís
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