SIN INFORMACION

GUZMÁN/ISAPRE BANMÉDICA S.A.

Rol

Fecha

26 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, comparece doña Yanina Masiel Guzmán Farfán, enfermera, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, representada legalmente por doña Patricia Soto Altamirano y en contra de Isapre Banmédica S.A., representada legalmente por don Aldo Gaggero Madrid, por haber vulnerado las garantías constitucionales del artículo 19 N° 1, 9 y 24 de la Constitución Política de la República, causándole gran afectación física, psíquica, emocional y patrimonial. Expone que desde febrero de 2017 trabaja en la Clínica Dávila, en calidad de enferma clínica del Servicio de Urgencia Adulto, y desde agosto de 2019, también se desempeña como administrativa en la empresa Atlassidi SpA. Indica que durante un período de al menos 8 meses ha vivido variadas situaciones que dan cuenta de irregularidades, que describe con el fin de lograr que se autorice el pago de las 6 licencias médicas que indica, por un total de 81 días. Las licencias tienen los números: 52350663-3, 52350666-8, 53754985-8, 53754988-2, 6725054-0 y 6725055-9. Refiere que desde el 15 de febrero de 2020, en que inició el período de reposo prenatal, estando con licencias médicas maternales ha tenido problemas con Isapre Banmédica para su pago, dando cuenta latamente de sus reclamaciones presentadas para el pago íntegro del monto que le corresponde, antecedentes que no son el fundamento de la presente acción. Sobre las licencias que fundan la acción, hace presente que también tuvo problemas originados por las licencias médicas otorgadas por su psiquiatra -Dra. Fátima López Padilla-, con quien se atiende desde enero de 2021, quien le diagnosticó trastorno de adaptación por la relación que tenía con su hijo menor, derivándola a tratamiento con psicólogo. Da cuenta de que todo el tiempo que estuvo con licencias médicas la Isapre jamás las aceptó sin cuestionarlas, reducirlas o rechazarlas de plano, tiempo durante el cual le hicieron dos peritajes médicos. El primero, el 28 de enero de 2021, por la Dra. Dafne Díaz-Tendero Espinoza, cuando iniciaba su tratamiento; y el segundo, el 2 de junio de 2021, por la Dra. Susana Castro Pérez, al que asistió en forma online sin saber que era voluntario, al que no debió presentarse. La Dra. le comentó que le llamaba la atención que no se tratara por GES, siendo esa la primera vez que alguien se lo mencionaba y que su tratamiento era insuficiente, nada más. Pidió copia del peritaje y señala que se sorprendió al leerlo, al advertir omisión de sus síntomas y la falta de mejoría que presentaba, tales como ideación suicida recurrente, sin perjuicio de anotar “enlentecimiento cognitivo, somnolencia” e “ideas crónicas de muerte”, además de destacar un episodio de cortes en su muñeca izquierda, a pesar de concluir que no necesitaba reposo laboral. Afirma que de volver a trabajar sus síntomas empeorarían y podría terminar hospitalizada, siendo una falta grave indicar que no necesita reposo para curars

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección: I.- Que, se rechazan las alegaciones de extemporaneidad y de improcedencia; y II.- Que, se rechaza, sin costas, el recurso de protección constitucional deducido por Yanina Masiel Guzmán Farfán, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de Isapre Banmédica S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-39.139-2021. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, la Fiscal Judicial señora Javiera Veronica Gonzalez Sepulveda y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiséis de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de enero de dos mil veintitrés. Proveyendo el escrito folio 32: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que, comparece doña Yanina Masiel Guzmán Farfán, enfermera, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, representada legalmente por doña Patricia Soto Altamirano y en contra de Isa

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