TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE LA SERENA

C/ GABRIEL ANTONIO PEREZ NAVARRETE

Rol

Fecha

26 de enero de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: El día veintinueve de noviembre de dos mil veintidós el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictó sentencia en autos RIT 188-2022 condenando, en lo pertinente, a “GABRIEL ANTONIO PEREZ NAVARRETE, ya individualizado como autor de un delito consumado de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 en relación a los artículos 432 y 439 todos del Código Penal, perpetrado el día 14 de mayo de 2019 en la comuna de Coquimbo a sufrir la pena de OCHO AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa”, sanción corporal que deberá cumplir de manera efectiva, entre otras condenas. La defensa del encartado dedujo recurso de nulidad penal en contra de aquel fallo, el que se sustenta en la causal del artículo 374 letra e), en relación con lo dispuesto en el artículo 342 letra c), ambos del Código Procesal Penal, en particular, en relación con la condena por el delito de robo con violencia dictada en contra de su representado. Para el conocimiento de este recurso se escuchó a los intervinientes en audiencia oral. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Como anticipamos, el libelo se fundamenta en la causal de nulidad contemplada en el artículo 374 letra e), en relación con lo dispuesto en el artículo 342 letra c), ambos del Código Procesal Penal. Se alude a que, si bien el tribunal reprodujo la declaración del encartado en el motivo tercero del

Fallo

fallo recurrido no existiría, a juicio de la defensa, un análisis completo y lógico de la misma, pues en el motivo noveno la sentencia expone latamente el análisis de la prueba de cargo, sin que medie una reflexión referente a la declaración indicada que implique una valoración individual y unitaria de la misma. Aquel vicio, refiere el recurrente, ha justificado en otras ocasiones que esta misma Corte haya anulado otros fallos que menciona. Sostiene que el perjuicio está dado porque la causal invocada importa un motivo absoluto de nulidad, al controvertir el artículo 19 numeral 3 de la Carta Fundamental, en cuanto a la garantía del debido proceso, dentro de cuyo ámbito se reconoce la existencia de un verdadero derecho a la prueba y, en el caso en concreto, se tornan evidente si se toma en consideración que la teoría del caso de la defensa implicaba la negación de los elementos fácticos en los que se sustentó la calificación jurídica de robo con violencia. Finaliza su libelo solicitando que se anule parcialmente el juicio y la sentencia, en aquella parte en que se condenó a su representado como autor de un delito consumado de robo con violencia y establezca esta Corte el estado en el que debe quedar el procedimiento, remitiendo los antecedentes a un tribunal no inhabilitado. SEGUNDO: Que, a modo de encuadre de la normativa legal aplicable a este asunto, cabe tener presente que el recurso de nulidad no constituye una instancia, de manera que estos sentenciadores no pueden ni

Texto Completo (Preview)

c/ Pérez Navarrete, Gabriel Antonio Robo con violencia Rol N° 1564-2022 (188-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena). La Serena, veintiséis de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: El día veintinueve de noviembre de dos mil veintidós el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictó sentencia en autos RIT 188-2022 condenando, en lo pertinente, a “GABRIEL ANTONIO PEREZ N

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