WANG/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
26 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Qiaosheng Wang, de nacionalidad china, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva realizada, lo que estiman vulnera la garantía contenida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política. Solicita se acoja el recurso y en definitiva se ordene a la recurrida otorgarle el beneficio solicitado. Expone que con fecha 20 de septiembre de 2021 solicitó el beneficio de permanencia definitiva, el cual hasta la fecha no ha sido resuelto. Por otro lado, la página de trámites de extranjería señala que se encuentra con tan solo un 19% de avance, y esto se ha mantenido así durante meses, lo que es sumamente angustiante, tomando en cuenta que han transcurrido 12 meses desde la presentación, sumando a esto el tiempo que seguirá transcurriendo durante la tramitación del presente recurso, y que ha sobrepasado el retraso comprensible de un trámite de la relevancia que tiene la permanencia definitiva SEGUNDO: Que al evacuar su informe, la recurrida solicitó el rechazo de la acción. Detalló que el recurrente, con fecha 20 de septiembre de 2021, solicitó el beneficio de permanencia definitiva. Con fecha 10 de marzo de 2022, se dictó Resolución Exenta N°22135950, en el que se aprueba avance en el estado de trámite de la solicitud de permanencia definitiva, señalando que se encuentra en Evaluación Intermedia, lo que incluye a) Análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización -si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, específicamente a las policías y Servicio Registro Civil e Identificación, sobre la existencia o no de antecedentes delictuales; y b) la evaluación analítica de documentos electrónicos o en papel, legalizados o Apostillados, según corresponda. En virtud de lo anterior, el recurrente mantiene situación
Fallo
por tanto, la dilación del recurrido en el pronunciamiento sobre la solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la parte recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes con una respuesta formal y oportuna en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas, la acción constitucional de protección interpuesta en favor de Qiaosheng Wang, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se ordena a la autoridad recurrida, como medida para restablecer el imperio del derecho, emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva pendiente, dentro del plazo de 30 días hábiles. Regístrese, comuníquese y archívese N°Protección-102056-2022.
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C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de enero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Qiaosheng Wang, de nacionalidad china, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva realizada, lo que estiman vulnera la gara
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