FERNANDO GONZALEZ AREYTE CONTRA COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
84551-2021
Fecha
19 de noviembre de 2021
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproducen los
Fundamentos
motivos 1° a 4° de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo en su lugar presente: Que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, elaborado en cumplimiento de la normativa legal aplicable, no refiere antecedentes categóricos que permitan orientar sobre factores de riesgo de reincidencia del amparado, que impidan reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad al momento de postular a libertad condicional conforme lo expresa el Decreto Ley N° 321, en el texto actual de su artículo 2 N° 3. Que, teniendo presente que del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que respecto del recurrente se reúnen los requisitos exigidos por el Decreto Ley N° 321 para la concesión de libertad condicional, y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de veintidós de octubre del año en curso, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, en el Ingreso Corte N° 347-21 y, en su lugar,
Fallo
se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Fernando Enrique González Areyte, dejándose sin efecto la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional reunida en octubre de este año, y se le reconoce el derecho a la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sr. Valderrama y Sra. Letelier, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita, regístrese y devuélvase. Sin perjuicio, ofíciese. Rol N° 84.551-21
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno. A los escritos folios 153695-2021 y 161934-2021: a sus antecedentes. Al escrito folio 161782-2021: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproducen los motivos 1° a 4° de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo en su lugar presente: Que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, elaborado en cumplimiento de la normat
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