DISAL CHILE SANITARIOS PORTABLES LTDA CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Rol
69763-2021
Fecha
19 de noviembre de 2021
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento preparatorio de la vía ejecutiva seguido ante el Tercer Juzgado de Letras de Iquique, caratulado “DISAL CHILE SANITARIOS PORTABLES LTDA. / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO”, Rol N° C-4382-20, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandada en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esa ciudad el día diecinueve de agosto del año en curso, que revocó la decisión del a quo cuando acogió la incidencia de nulidad y, en su lugar, la rechaza. SEGUNDO: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. TERCERO: Que la resolución impugnada por la vía de la nulidad substancial no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por la abogada Norma Córdova Correa, en representación de la parte demandada y en contra de la resolución de diecinueve de agosto de este año, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique. Regístrese y devuélvase. Rol N° 69.763-21.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por la abogada Norma Córdova Correa, en representación de la parte demandada y en contra de la resolución de diecinueve de agosto de este año, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique. Regístrese y devuélvase. Rol N° 69.763-21.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento preparatorio de la vía ejecutiva seguido ante el Tercer Juzgado de Letras de Iquique, caratulado “DISAL CHILE SANITARIOS PORTABLES LTDA. / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO”, Rol N° C-4382-20, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, in
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