C.A. de Rancagua

PEÑA GARCES ALI CONTRA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

87369-2021

Fecha

19 de noviembre de 2021

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos y teniendo, además, presente: 1.- Que, no existe controversia en autos que con fecha 21 de enero de 2.020 fue estampada visa de responsabilidad democrática respecto de Alí Jesús Peña Garcés, de nacionalidad venezolana, habilitándolo para ingresar a Chile hasta el 20 de abril de 2.020, según consta del respectivo pasaporte. 2.- Que, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública dictó el Decreto Supremo Nº 102 de 2.020, que con ocasión del brote de Covid-19 que afecta al país, ordenó el cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, a partir del 18 de marzo de 2.020, modificado por el Decreto Supremo N° 82 que extendió dicha medida, viéndose el amparado impedido de realizar el viaje por razones que no le son atribuibles. 3.- Que, al impedirse el ingreso del recurrente al país –pese a que, como ya se dijo, se le había estampado la Visa de Responsabilidad Democrática, no pudiendo viajar a Chile por razones de fuerza mayor-, se desconoce su derecho a la libertad ambulatoria, obligándolo a iniciar un nuevo trámite, sin respetar lo ya actuado con anterioridad. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de octubre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, en el Ingreso Corte N° 752-2021, con declaración que se dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de su Consulado en Venezuela proceda a la revalidación de la visa de responsabilidad democrática de Alí Jesús Peña Garcés, debiendo en consecuencia citarlo a entrevista en el Consulado de Chile en Caracas, para el día y hora a fijarse, dentro de un plazo razonable que no podrá exceder de 30 días corridos. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 87.369-2021.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno. Al escrito folio 161802-2021: téngase presente. Vistos y teniendo, además, presente: 1.- Que, no existe controversia en autos que con fecha 21 de enero de 2.020 fue estampada visa de responsabilidad democrática respecto de Alí Jesús Peña Garcés, de nacionalidad venezolana, habilitándolo para ingresar a Chile hasta el 20 de abril de 2.020, s

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