BANCO DE CHILE/NAVARRO
Rol
Fecha
30 de enero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintidós, y concedido el día veintiuno de diciembre del mismo año, contra la resolución de fecha veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Devuélvase. N°Civil-460-2.023.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintidós, y concedido el día veintiuno de diciembre del mismo año, contra la resolución de fecha veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. Devuélvase. N°Civil-460-2.023.
Texto Completo (Preview)
vdcd C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por l
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica