SIN INFORMACION

MUÑOZ ACEITUNO JUAN MANUEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Viviana González Trabol, abogada defensora penal pública penitenciaria en representación del Juan Manuel Muñoz Aceituno, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente la resolución tomada por la recurrida al rechazarle el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al segundo semestre del año 2022, sin ajustarse a la normativa vigente, vulnerando sus garantías constitucionales, en virtud con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Expone que su defendido se encuentra cumpliendo actualmente condena por los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes y porte ilegal de arma de fuego, de 13 años de presidio mayor en su grado medio y 541 dìas de presidio menor en su grado medio, respectivamente, y que según la ficha única del condenado habría dado inicio de cumplimiento el 05 de abril de 2012, estimándose como fecha de término el 28 de septiembre de 2026, registrando afirma 9 meses de rebaja de condena, por lo que podría egresar el 28 de diciembre de 2015. Agrega que a la fecha de postulación para el beneficio de libertad condicional cumplía con todos los requisitos solicitados en la ley, teniendo el tiempo mínimo de cumplimiento de la sanción impuesta y presentando los últimos cuatro bimestres de conducta calificada como muy buena, indicando aparece de lo resuelto, que aquello ha sido sin considerar todos los antecedentes del condenado, ni los avances efectivos demostrados en su proceso de reinserción social. Reprocha que la Comisión denegara la concesión del beneficio pedido a pesar de cumplir con todos los requisitos legales, incurriendo en infracción de la normativa contenida en DL 321 sobre Libertad Condicional, además de ser arbitraria al haber falta de razonabilidad en la determinación, al no valorar en ese senti

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Juan Manuel Muñoz Aceituno en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-124-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de enero de dos mil veintitrés. Al folio 6, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Viviana González Trabol, abogada defensora penal pública penitenciaria en representación del Juan Manuel Muñoz Aceituno, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiag

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