3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

CLINICA BIO BIO SPA CON HERNAN CARLOS GORMAZ CHACANA

Rol

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA, SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la resolución apelada de veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en la causa Rol C-5370-2022, del ingreso de dicho tribunal. Acordada con el voto en contra de la Ministra Suplente Claudia Vilches Toro, quien estuvo por revocar, estimando que para estos efectos cabe recordar que si bien por título ejecutivo se entiende “aquel documento que da cuenta de un derecho indubitable, al cual la ley atribuye la suficiencia necesaria para exigir el cumplimiento forzado de la obligación en él contenida” (Raúl Espinoza Fuentes, “Manual de Procedimiento Civil, El juicio Ejecutivo”, Séptima Edición, página 11), los títulos pueden ser perfectos o imperfectos y éstos últimos, a diferencia de aquéllos, no tienen plena eficacia desde su otorgamiento, sino que requieren de alguna formalidad previa para dar nacimiento a la acción ejecutiva, para lo cual el acreedor cuenta con el procedimiento denominado gestión preparatoria que tiene por objeto constituir el título o completar algunos de los requisitos que le faltan para que tenga mérito ejecutivo. Entre esas diligencias preparatorias de la vía ejecutiva se encuentra la confesión de deuda y el reconocimiento de firma puesta en instrumento privado, reconocidas en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil al expresar que “si, en caso de no tener el acreedor título ejecutivo, quiere preparar la ejecución por el reconocimiento de firma o por la confesión de la deuda, podrá pedir que se cite al deudor a la presencia judicial, a fin de que practique la que corresponda a estas diligencias” (Excma. Corte Suprema, Rol 69761-2020). Devuélvase por la vía que corresponda. Rol N°Civil-3133-2022.

Texto Completo (Preview)

NEA/cms. C.A. de Concepción. Concepción, veinticinco de enero de dos mil veintitrés. VISTO: SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la resolución apelada de veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en la causa Rol C-5370-2022, del ingreso de dicho tribunal. Acordada con el voto en contra de la Ministra Suplente Claudia Vilches

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica