CONTRERAS/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE 2022
Rol
Fecha
25 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, el 21 de enero del presente año comparece don MAX TRONCOSO MORENO, Abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de LUIS ALBERTO CONTRERAS SAN MARTIN CI. N° 12.928.247-9, actualmente cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Talca y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución de 11 de octubre de 2022, que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que el amparado cumple condenas de 4 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de robo en lugar habitado y 5 años y 1 días de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con fuerza en las cosas. Iniciando su cumplimiento el 05 de septiembre de 2018, debiendo terminar el 08 de agosto de 2024. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 22 de abril de 2022, contando con más de 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida, la cual indica que “el postulante detenta una revocación al beneficio de libertad condicional por la comisión de un nuevo delito. Cuenta con un plan de intervención enfocado principalmente a abordar las necesidades así calificadas, como asociación a pares, variables familia/pareja, utilización del tiempo libre, actitud y orientación procriminal y patrón antisocial, además de sus características personales con potencial criminógeno, entre los que destacan sus claros problemas de adherencia y deficiente capacidad de resolución de conflictos, encontrándose la totalidad de las actividades pendientes a la fecha. Respecto a la actitud y orientación procriminal, se observa una tendencia a f
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. En efecto, la Comisión fundamentó su decisión en que el interno “…el postulante detenta una revocación al beneficio de libertad condicional por la comisión de un nuevo delito, entre sus características personales con potencial criminógeno destacan sus claros problemas de adherencia y deficiente capacidad de resolución de conflictos, encontrándose la totalidad de las actividades de su plan de intervención pendientes a la fecha de la resolución recurrida. Fue observada una tendencia a favor del delito con legitimización del delito como estrategia de generación de recursos económicos, por lo que tiende a minimizar los hechos, sin evidenciar conciencia alguna del mal causado con su actuar delictivo. Refiere la comisión que si bien el postulante señala contar con el apoyo de su hermana ante una eventual salida al medio libre, ésta no constituye un agente de control ante una conducta transgresora. Presentando, además, el solicitante riesgo alto de reincidencia, alto compromiso delictual y careciendo de beneficios intrapenitenciarios, se estimó por la comisión que no cumplía con los requisitos para optar al beneficio de libertad condicional…”, todo lo cual constituye una motivación suficiente para denegar la solicitud.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de LUIS ALBERTO CONTRERAS SAN MARTIN, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional, el 11 de octubre del año 2022. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 34-2023/Amparo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veinticinco de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, el 21 de enero del presente año comparece don MAX TRONCOSO MORENO, Abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de LUIS ALBERTO CONTRERAS SAN MARTI
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