JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

NELSON SAAVEDRA CONTRERAS C/ JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Nelson Saavedra Contreras, en representación del acusado Mario Carvacho Constanzo en causa RIT 13125-2019, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, deduce verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 6 de junio de 2022, que denegó, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto en contra de aquella otra de 30 de mayo del mismo año, dictada en audiencia preparatoria, que excluyó parte de la prueba propia ofrecida por la defensa. Explica que, si bien el artículo 277 del Código Procesal Penal establece que el auto de apertura será susceptible del recurso de apelación cuando lo interpusiere el Ministerio Público por exclusión de prueba, según lo previsto en el artículo 276, inciso tercero, del Código Adjetivo; aquello no es óbice para que la defensa pueda deducirlo en contra de la referida resolución, afirmando que, de lo contrario, se afectaría el bloque de constitucionalidad, y en particular, el derecho a un procedimiento racional y justo, el derecho a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos en material procesal y el derecho a que la ley no establezca diferencias arbitrarias. Finalmente, indica que el Tribunal Constitucional ha declarado en otros casos la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 277 del Código Procesal Penal. Pide que se acoja el recurso de hecho y, en consecuencia, se conceda la apelación intentada ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo. Segundo: Que informa al tenor del recurso Claudio Andrés Ortega Loyola, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo, señalando que declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra de la resolución dictada en audiencia preparatoria de 30 de mayo de 2022 que accede a la solicitud del Ministerio Público de excluir prueba consistente en una metapericia de enero del 2022 ofrecida por la defensa. Explica que lo declaró improcedente, en atención a que el ar

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352, 369 y 370 del Código Procesal Penal, se acoge el recurso de hecho deducido por el abogado Nelson Saavedra Contreras en representación del acusado y, en consecuencia, se concede el recurso de apelación interpuesto por dicha parte en contra de la resolución dictada en audiencia de treinta de mayo de dos mil veintidós en causa RIT 13125-2019, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, debiendo el tribunal a quo remitir los antecedentes vía interconexión para su debido conocimiento y resolución. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo para los fines pertinentes. Regístrese y archívese. N° 1557-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticinco de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Nelson Saavedra Contreras, en representación del acusado Mario Carvacho Constanzo en causa RIT 13125-2019, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, deduce verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 6 de junio de 2022, que denegó, por improcedente, el recurso de ape

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