TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CURICO

M.P. C/ NICOLAS ANTONIO TORRES BARRAZA

Rol

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Respecto del recurso de nulidad planteado por don Eduardo Felipe Gómez Salazar: PRIMERO: Que, el abogado don Eduardo Felipe Gómez Salazar en representación del sentenciado Joaquín Andrés Moreno Barraza, en la causa penal RIT. 41-2022 del Tribunal Oral en lo Penal de Curicó, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha 4 de noviembre de 2022, por la cual se condenó a su defendido a sufrir la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales pertinentes ,en su calidad de autor de cuatro delitos de robo con violencia o intimidación en grado de desarrollo consumado, cometidos los días 11,23 y 30 de marzo de 2021 y el 12 de abril de 2021, solicitando se decrete la nulidad de la sentencia pronunciada en base a las siguientes fundamentaciones de hecho y de derecho. Transcribe a continuación los hechos en que se sustenta la acusación presentada en contra de su representado y que son los siguientes: I. HECHOS DE LA ACUSACIÓN: FUNDAMENTOS DE HECHO Los días 19, 20,21, 24 y 25 de octubre del presente año, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, se lleva a cabo el juicio oral para conocer de la acusación dirigida a mis representados, la cual es del siguiente tenor: HECHO Nº1: El día 11 de marzo de 2021, alrededor de las 19:15 horas, en circunstancias que la víctima, Víctor Manuel Ramos Rivas, transitaba por Villa El Boldo 2, Calle Calama intersección con Pasaje 14, de Curicó, fue interceptado por los imputados Nicolás Torres Barraza y Joaquín Moreno Barraza, quienes llegaron al lugar a bordo del vehículo Subarú modelo New XB PPU DVHD75, de propiedad de Nicolás Torres Barraza, bajándose de este vehículo, procediendo a intimidar a la víctima con un arma de fuego o que aparentaba ser de fuego, con la que lo apuntaron a la altura del pecho, sustrayéndole de esta forma la suma de $140.000 en dinero en efectivo que la víctima guardaba al interior de un banano, huyendo del lugar con el dinero en su poder. HECHO Nº2: El día 23 de marzo de 2021, alrededor de las 21:00 horas, en circunstancias que la víctima, Jorge Benavente Bravo, se encontraba en la vía pública, en el sector La Isla, de Sagrada Familia, llegó a dicho lugar el vehículo Subarú modelo New XB PPU DVHD75, de propiedad de Nicolás Torres Barraza, bajándose dicho imputado junto al imputado Joaquín Moreno Barraza, quienes procedieron a intimidar a la víctima con un arma de fuego o que aparentaba ser de fuego, con la cual lo apuntaron, procediendo de esta forma a sustraerle su teléfono celular marca ZTL, huyendo en dicho vehículo con la especie en su poder. HECHO N°3: El día 30 de marzo de 2021, en horas de la tarde, la víctima José Correa Sánchez, concurrió al local comercial “La esquina verde” ubicado en el inmueble N° 0890, del pasaje Andrés Sabello de la villa Conavicoop, de Curicó, lugar en el cual dejó su bicicleta marca trek modelo 3500, color plata, dejándola afuera del local, es así que el imputado

Fallo

fallo recurrido, da por establecidos en el considerando quinto da por acreditados los siguientes hechos: HECHO Nº 1: En horas de la tarde del 11 de marzo de 2021, mientras Víctor Ramos Rivas transitaba por calle Calama con Pasaje 14 de la Villa El Boldo 2 de Curicó, fue interceptado por Nicolás Torres Barraza y Joaquín Moreno Barraza, quienes llegaron al lugar a bordo del vehículo Subarú modelo New XB patente DVHD75, que era conducido y de propiedad del primero de ellos, bajándose de este Moreno Barraza, quien con un arma que aparentaba ser de fuego lo amenazó, sustrayéndole la suma de $140.000 en dinero en efectivo, huyendo ambos del lugar con el dinero en su poder. HECHO Nº 2: En horas de la noche del día 23 de marzo de 2021, mientras Jorge Benavente Bravo se desplazaba junto a un amigo por el sector La Isla de Sagrada Familia, fue interceptado por varios sujetos, entre ellos, Nicolás Torres Barraza y Joaquín Moreno Barraza, quienes llegaron al lugar a bordo del vehículo Subarú modelo New XB patente DVHD75, que era conducido y de propiedad del primero de ellos, los que se bajaron del mismo e intimidaron y golpearon a Jorge Benavente con un elemento que aparentaba ser arma de fuego, sustrayéndole su teléfono celular marca ZTL y huyendo en dicho vehículo con la especie en su poder. HECHO N°3: En horas de la tarde del día 30 de marzo de 2021, José Correa Sánchez ingresó a efectuar compras a una verdulería ubicada en pasaje Andrés Sabella de la villa Conavicoop de Curicó, dej

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Talca, veinticinco de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: Respecto del recurso de nulidad planteado por don Eduardo Felipe Gómez Salazar: PRIMERO: Que, el abogado don Eduardo Felipe Gómez Salazar en representación del sentenciado Joaquín Andrés Moreno Barraza, en la causa penal RIT. 41-2022 del Tribunal Oral en lo Penal de Curicó, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia

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