SIN INFORMACION

HECTOR GERMAN MARÍN MILLANAO/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACION FAMILIAR LOS ANDES Y OTRA

Rol

Fecha

24 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA, SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En estos antecedentes rol ingreso Corte Protección Nº105.651-2022, el abogado Jorge Manuel Lena Salgado, en representación de Héctor German Marín Millanao, cédula nacional de identidad N°15.659.329-K, soltero, trabajador, ambos con domicilio para estos únicos efectos en calle Arturo Prat 199, local 103, Edifico Centro Costanera, comuna de Concepción, interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, Rut 81.826.800-9, con domicilio en calle General Calderón N°121, piso 14, comuna de Providencia; y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre, Rut 82.606.800-0, con domicilio en calle Nataniel Cox 125, comuna de Santiago. En síntesis, señala que el recurrente es trabajador de la empresa “Fundación SOFOFA”, Rut 75.998.240-1, cuya fecha de vinculación data del día 25-07- 2022, obligándose el empleador a pagar mensualmente sus remuneraciones conforme a derecho. Agrega que el día 27-03-2020 solicitó un crédito a la Caja de Asignación Familiar Los Andes, cuyo pago se pactó en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $296.812 cada una, del cual se constituyó en mora a partir de la cuota número 3, de fecha de vencimiento 31-08-2020, lo que motivó a Caja Los Andes ha iniciar acción judicial efectiva tendiente a obtener el pago y/o recupero del saldo adeudado, lo cual consta en causa ROL C-68-2021, caratulada “CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES/MARÍN”, seguida ante el Juzgado de Letras de Arauco, la que debido a la negligencia e inactividad de parte del ejecutante en ese juicio, se presentó incidente de abandono de procedimiento, el cual fue fallado favorablemente, y certificado, debido al allanamiento de la parte ejecutante (CCAF Los Andes) al abandono de procedimiento. Sin perjuicio de lo anterior, la recurrida de autos ha decidido unilateralmente traspasar el crédito a otra entidad, la Caja de Asignación Familiar 18 de Septiembre, comenzando esta última a efectu

Fundamentos

considerando: 1.- Como se ha entendido reiteradamente por esta Corte, el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Luego, es requisito indispensable de la acción de protección la existencia, por un lado, de un acto u omisión ilegal -esto es, contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho o voluntad de quien incurre en él- y que provoque algunas de las situaciones que se han indicado, afectando a una o más de las garantías -preexistentes- protegidas, consideración que resulta básica para el análisis y la decisión de cualquier recurso como el que se ha interpuesto. 2.- En este caso, el recurrente hace consistir la ilegalidad y/o arbitrariedad denunciada en que recurrida CCAF Los Andes decidió unilateralmente traspasar un crédito social a la CCAF 18 de Septiembre, comenzando esta última a efectuar descuentos extrajudiciales, ilegales, arbitrarios, abusivos y antojadizos en su remuneración mensual, por mandato de la primera, y sin previo aviso al deudor, obviando además que el cobro judicial de este crédito fue declarado abandonado por Juzgado de Letras de Arauco, en la causa rol C-68-2021 de dicho tribunal. 3.- Por su parte, las recurridas al informar sostuvieron que el crédito social a que se refiere el recurso existe, que es actualmente exigible, su acción no se encuentra prescrita, y que no existe un proceso judicial vigente dirigido a obtener su pago o solución. Agregan que el cobro del crédito se ha realizado de acuerdo con el mecanismo establecido en el artículo 22 de la ley 18.833, y que en caso alguno se ha materializado una cesión de créditos en los términos planteados en el recurso. 4.- Con lo relacionado y hasta aquí expuesto, queda claro que el reproche contenido en el recurso se identifique en una cesión irregular del crédito social de que es deudor la parte recurrente, lo que habría permitido, a su entender, que la CCAF Los Andes soslayara los efectos del abandono del procedimiento decretado en la causa rol C-68-2021 del Juzgado de Letras de Arauco, y así habilitar indebidamente a la CCAF 18 de Septiembre a efectuar descuentos en las remuneraciones. Sin embargo, no consta en los antecedentes allegados al proceso que la referida cesión de crédito se haya efectuado, sino que, por el contrario, su existencia es un hecho controvertido. Además, sin perjuicio de reconocer las recurridas que actualmente se practican descuentos en las remuneraciones del recurrente para el cobro del crédito social materia de estos autos, aclararon que dichos descuentos quedan amparados en a facultad que les confiere el citado artículo 22

Fallo

fallo de los recursos de protección y sus modificaciones, se resuelve que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por Héctor German Marín Millanao, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre. Regístrese y comuníquese. Redacción del abogado integrante Marcelo Matus Fuentes. Rol Protección N°105.651-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción. Concepción, veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. Visto: En estos antecedentes rol ingreso Corte Protección Nº105.651-2022, el abogado Jorge Manuel Lena Salgado, en representación de Héctor German Marín Millanao, cédula nacional de identidad N°15.659.329-K, soltero, trabajador, ambos con domicilio para estos únicos efectos en calle Arturo Prat 199, local 103, Edifico Ce

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica