PEREZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
24 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Iris Esther Pérez González, colombiana, empleada, RUN 25.385.755-2, deduciendo recurso de protección en contra del Ministerio del Interior, y de quienes resulten responsables, por la dictación de la Resolución Exenta Nº 91016, que rechazó su recurso de reposición y en subsidio jerárquico, interpuesto en contra de la decisión de rechazo de su solicitud de reconocimiento de la condición de refugiada, de manera arbitraria e ilegal, lo que importaría una afectación a diversas garantías fundamentales que indica en su recurso. Explica que vino a Chile a fin de resguardar su integridad y vida y en ese contexto es que solicitó a las autoridades chilenas que le reconocieran el estatus de refugio. A consecuencia de dicha solicitud se le otorgó una residencia temporaria titular el 23 de mayo de 2016, por un período inicial de 8 meses, prorrogándola sucesivamente por 8 meses cada vez, hasta el 23 de septiembre del año 2021, por lo que ha mantenido una residencia temporaria titular por más de 5 años de duración. Sin perjuicio de lo anterior, refiere que mediante la Resolución Exenta N° 105520 del Ministerio del Interior, se rechazó su reconocimiento como refugiado, resolución que le fue notificada personalmente el 8 de septiembre de 2020, y respecto de la cual interpuso recurso de reposición dentro de los 5 días desde la notificación, recurso que fue acogido sin observación alguna y, en consecuencia, se suspendieron los efectos del rechazo, estampándose la prórroga de su residencia temporaria posterior. Hace presente que el recurso de reposición contenía en subsidio un recurso jerárquico. Señala que mediante Resolución Exenta Nº 91016, de fecha 15 de julio del año 2021, notificada por correo el 29 de julio del año 2021, se rechazó la reposición, supuestamente por extemporánea, a pesar de haberla presentado dentro de plazo. Asimismo, la Resolución referida resuelve negarle el recurso jerárquico deducido en subsidio, contravin
Fallo
por tanto, el rechazo del recurso por pérdida de oportunidad. Tercero: Que como se sabe, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio; Cuarto: Que, consecuentemente, es requisito indispensable de admisibilidad de la acción cautelar de protección la constatación de la existencia de un acto ilegal, esto es, contrario a la ley, o arbitrario, producto del mero capricho de quien incurre en él, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el citado artículo 20 de la Carta Fundamental; Quinto: Que del mérito de los documentos acompañados por la parte recurrida, se puede tener por establecido que, con fecha 28 de diciembre del año 2021, se dictó la Resolución Exenta Nº 21519587, que tuvo por desistida a la recurrente “de todo trámite pendiente en materia migratoria, presentado por el extranjero/a Iris Esther Pérez González, ante este Departamento de Extranjería y Migración y/o sus Gobernaciones Provinciales, para efectos de postular al proceso de regularización contemplado en el artícul
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. Al folio N° 20: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Al folio N° 21: a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Iris Esther Pérez González, colombiana, empleada, RUN 25.385.755-2, deduciendo recurso de protección en contra del Ministerio del In
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