SIN INFORMACION

DA CRUZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA

Rol

Fecha

24 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparecen Álvaro Villanueva Rojas y José Gabriel Alemparte Mery, abogados, interponiendo acción constitucional de protección en representación de Suzana da Cruz Duarte Pereira, brasileña, cédula de identidad para extranjeros N° 25.470.463-6, en contra de don Álvaro Bellolio Avaria, como “representante” del Servicio Nacional de Migraciones, por haber rechazada su solicitud de permanencia definitiva por Resolución Exenta N° 21197592, de 19 de octubre de 2021. Expone que la recurrente el 3 de agosto de 2020 solicitó la permanencia definitiva. Una vez ingresada la petición, en ningún momento recibió alguna comunicación de la recurrida, instándola a subsanar o aclarar algún documento o información, entendiendo que el trámite se desarrollaba con normalidad. Señala que el 19 de octubre de 2021, recibió correo electrónico de la autoridad migratoria, notificándola la Resolución Exenta cuestionada, en que se indica que la petición fue declarada inadmisible por improcedente, por encontrarse fuera del país al momento de presentar la solicitud, correspondiéndole al Ministerio de Relaciones Exteriores resolver las solicitudes de extranjeros que estén fuera del territorio nacional. Indica que lo informado es falso y fácticamente imposible, lo que se comprueba por Informe de Viajes de la PDI, emitido el 20 de octubre de 2021, que da cuenta que el 3 de agosto de 2020 sí estaba en territorio chileno, registrando como último movimiento el 14 de enero de 2020, ingresó a Chile por el Aeropuerto, sin salidas desde esa fecha. Señala como vulneradas la garantía fundamental de integridad psíquica del artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República y de igualdad ante la ley, del N° 2 del mismo artículo. Solicita que se acoja la acción y se instruya a la recurrida que se pronuncie nuevamente respecto de la admisibilidad de la solicitud, acogiéndola sin más trámite, junto con adoptar todas las demás medidas que esta Corte estime necesaria para estos efectos. Segundo: Que, por la recurrida informa el abogado don Mauricio Toledo Abarca, solicitando el rechazo de la acción en todas sus partes. Confirma la fecha de solicitud de permanencia definitiva indicada por el recurso, y que la PDI informó que la extranjera registra movimiento de salida del país, de lo que desprende que realizó la postulación estando fuera del territorio nacional, por lo que debió hacer su petición ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Niega haber vulnerado la igualdad ante la ley, en tanto todas las actuaciones fueron realizadas según las normas de procedimiento especialmente establecidas. Tercero: Que, habiéndose estimado indispensable para una adecuada resolución, se solicitó informe a la Policía de Investigaciones, el que fue evacuado por doña Ximena Belmar Gallardo, indicando que se constató una diferencia entre lo informado entre dos Certificados de Viajes, atendido a que el solicitado en octubre de 2021 sólo registra los movimientos de la rec

Fallo

Por estas consideraciones, y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y del Auto Acordado que regula la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de doña Suzana da Cruz Duarte Pereira, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 21197592, de 19 de octubre de 2021, debiendo pronunciarse con antecedentes fidedignos acerca de la petición de la recurrente. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-40912-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. A los folios 34 y 35, téngase presente y a sus antecedentes. Al folio 36, a sus antecedentes. Visto y considerando: Primero: Que comparecen Álvaro Villanueva Rojas y José Gabriel Alemparte Mery, abogados, interponiendo acción constitucional de protección en representación de Suzana da Cruz Duarte Pereira, brasileña, cédula d

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