SALAS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA-RECTIFICACIÓN
Hechos
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. Proveyendo a folio 12: Como se pide, advirtiéndose el error denunciado, se rectifica el fallo dictado el trece de enero de dos mil veintitrés, en cuanto se sustituyen todas las veces en que es utilizada la expresión “residencia temporaria” por “Regularización Migratoria del artículo 91 N°8 de la Ley de Extranjería”, lo que sucede en las siguientes partes de la sentencia: i. En la parte expositiva: primer párrafo, quinta línea; segundo párrafo, primera línea; párrafo quinto, tercera línea; ii. En la parte considerativa,
Fundamentos
considerando primero, cuarta línea; considerando segundo, segunda línea; considerando tercero, tercera línea; iii. En la parte resolutiva, novena línea. Forme parte integrante de la sentencia antes referida. Acordada con el voto en contra de la Ministro Srta. Quezada, quien estuvo por anular la vista de la causa, al haberse dictado
Fallo
fallo dictado el trece de enero de dos mil veintitrés, en cuanto se sustituyen todas las veces en que es utilizada la expresión “residencia temporaria” por “Regularización Migratoria del artículo 91 N°8 de la Ley de Extranjería”, lo que sucede en las siguientes partes de la sentencia: i. En la parte expositiva: primer párrafo, quinta línea; segundo párrafo, primera línea; párrafo quinto, tercera línea; ii. En la parte considerativa, considerando primero, cuarta línea; considerando segundo, segunda línea; considerando tercero, tercera línea; iii. En la parte resolutiva, novena línea. Forme parte integrante de la sentencia antes referida. Acordada con el voto en contra de la Ministro Srta. Quezada, quien estuvo por anular la vista de la causa, al haberse dictado fallo en relación a una materia distinta a la que fue discutida en este procedimiento. Regístrese, notifíquese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Protección 146.818-2022. En Valparaíso, veinticuatro de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. Proveyendo a folio 12: Como se pide, advirtiéndose el error denunciado, se rectifica el fallo dictado el trece de enero de dos mil veintitrés, en cuanto se sustituyen todas las veces en que es utilizada la expresión “residencia temporaria” por “Regularización Migratoria del artículo 91 N°8 de la Ley de Extranjería”, lo qu
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