JEUDY / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
19 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Johanne Jeudy, de nacionalidad haitiana, quien interpone acción de Protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 23 de septiembre de 2021, por afectar el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Señala la compareciente que mantuvo visa temporal y decidió mantenerse en el país para radicarse en él por lo que inició los trámites para obtener su visa definitiva, trámite que se ha extendido por un plazo excesivo. Solicita el órgano recurrido se pronuncie sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Que, sin perjuicio de prescindirse del informe, el Servicio Nacional de Migraciones hizo presente las diligencias realizadas con motivo de su solicitud indicando que el 23 de noviembre de 2022 dictó resolución que informa a la recurrente su deber de pagar el impuesto correspondiente y adjuntar documentos individualizados para finalizar la tramitación, otorgando un plazo de 60 días. Agrega que la actora pagó los derechos el 02 de diciembre de 2022, sin embargo no ha acompañado los documentos que le fueran requeridos, encontrándose el impulso procesal de cargo de la actora, por lo que solicita el rechazo del recurso. Que, se ordena traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso deducido en favor de Johanne Jeudy en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-163001-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de enero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1 comparece Johanne Jeudy, de nacionalidad haitiana, quien interpone acción de Protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 23 de septiembre de 2021, por afectar el principi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica