SIN INFORMACION

GIMENEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

19 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece Rocio Karin Gimenez, de nacionalidad argentina, quien interpone acción de Protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia temporal, realizada con fecha 04 de diciembre de 2020, por afectar el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Señala la compareciente que mantuvo visa de turista y decidió mantenerse en el país para radicarse en él por lo que inició los trámites para obtener su visa temporal. Solicita en definitiva el órgano recurrido se pronuncie sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Que, informa el Servicio Nacional de Migraciones, quien relata las diligencias realizadas con motivo de su solicitud indicando que el 24 de mayo de 2021 dicto la resolución que otorga la visa de residencia temporaria, notificando a la recurrente su deber de pagar el impuesto correspondiente y adjuntar copia de su pasaporte vigente para finalizar la tramitación, cuestión que no ha ocurrido. Encontrándose el impulso procesal de cargo de la actora, solicita el rechazo del recurso. Que, se ordena traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, la recurrente alega vulnerada la garantía establecida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, por cuanto la rec

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso deducido en favor de Rocio Karin Gimenez en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-152830-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de enero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1 comparece Rocio Karin Gimenez, de nacionalidad argentina, quien interpone acción de Protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia temporal, realizada con fecha 04 de diciembre de 2020, por afectar el prin

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