ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de enero de 2023
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: El mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución subsidiariamente apelada, dictada con fecha catorce de octubre de dos mil veintidós, por la Jueza del Juzgado de Familia de Copiapó, doña Edith Herrera Moya. Regístrese y devuélvase. N°Familia-256-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó. Copiapó, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: El mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución subsidiariamente apelada, dictada con fecha catorce de octubre de dos mil veintidós, por la Jueza del Juzgado de Familia de Copiapó, doña Edit
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica