SIN INFORMACION

GRECIA YSOLET SALGADO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA, SIN COSTAS

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Hechos

Vistos: Compareció en este proceso Rol N°99.188-2022 del Libro Protección de esta Corte de Apelaciones, el abogado Javier Antonio Ruiz Isla, a favor de Grecia Ysolet Salgado, e interpuso acción de protección de garantías constitucionales en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por lo que el letrado califica de omisión ilegal y arbitraria en la emisión de resolución exenta que ponga fin al procedimiento administrativo, aprobando o rechazando solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 22 de junio de 2020 por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo establecido en el artículo 19 número 1, 2 y 16 de la Constitución Política de la República de Chile, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 4, 7, 8, 9, 14, 23 y 27 de la Ley N°19.880. Agrega que el 22 de junio de 2020, previo al vencimiento de su visa como residente temporaria, la parte recurrente solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva en calidad de dependiente junto con la solicitud de permanencia definitiva de su madre según solicitud N°3466996. Añade que al tiempo posterior de su solicitud, el Servicio Nacional de Migraciones le solicitó que subsane documentación, en específico la apostilla de un certificado. Dice que cumpliendo los requisitos en tiempo y forma, presentó la documentación requerida teniendo como respuesta la resolución de 15 de julio de 2020 en la cual se avanzó al trámite de revisión documental. Precisa que desde ese entonces ha estado esperando una respuesta respecto a su situación, la que no ha obtenido, como tampoco ningún tipo de resolución por parte de la Administración en cuanto a la solicitud ya mencionada. Termina solicitando que se acoja este recurso, ordenando al recurrido que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, y conceder el remedio solicitado, con expresa condenación en costas. Informó Carolina Pía Tapia Fierro, abogada, mandata

Fundamentos

considerando: 1°) Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile, constituye una acción constitucional de urgencia, de naturaleza autónoma, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se refieren, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio; 2°) Que según fluye del informe evacuado por la parte recurrida, es efectivo que el 22 de junio de 2020 la recurrente presentó ante ese servicio solicitud de permanencia definitiva. Expresa luego que el 14 de diciembre de 2022, mediante Resolución Exenta N°22510175, se otorgó el beneficio solicitado; 3°) Que para la procedencia de la acción cautelar de protección, es menester que exista un perjudicado o agraviado, esto es, alguna persona que “por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de...”, requisito que en la especie no concurre, por cuanto lo único pretendido en el recurso es obtener la visa de permanencia definitiva en la República de Chile y, según lo informado por el recurrido, se otorgó dicho beneficio a la parte recurrente, por lo que perdió oportunidad o actualidad jurídica el presente recurso, no existiendo, en consecuencia, medida cautelar que pueda adoptar esta Corte para restablecer el imperio del derecho; 4°) Que así las cosas, atendido lo reflexionado precedentemente, resulta innecesario entrar al análisis de las garantías constitucionales que se señalan como vulneradas.

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del ministro Claudio Gutiérrez Garrido. No firma el Ministro Sr. Gonzalo Rojas Monje, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo del fallo, por encontrarse haciendo uso de feriado legal. Rol N° 99.188-2022. Protección.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción. Concepción, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Compareció en este proceso Rol N°99.188-2022 del Libro Protección de esta Corte de Apelaciones, el abogado Javier Antonio Ruiz Isla, a favor de Grecia Ysolet Salgado, e interpuso acción de protección de garantías constitucionales en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por lo que el letrado califica de omisi

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