MOOK/CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE SANTIAGO
Rol
Fecha
18 de enero de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la resolución en alzada con supresión de su fundamento tercero. Y se tiene presente además en su lugar: Que las gestiones de veintinueve de marzo y seis de septiembre de dos mil diecinueve, del modo en que fue proveído, no interrumpieron el cómputo de seis meses prescrito en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto la prosecución se condicionó a que el tribunal tuviese por subsanada la demanda tras declararse el quince de marzo del mismo año, que ésta era inepta. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintiocho de mayo del año dos mil veintiuno, dictada por el 20°Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. N° 6912-2021 - Civil.
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados don Iván Alcayaga Jara y don Marcelo Nasser Olea por y contra el recurso. Santiago, 18 de enero de enero de 2023. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. A los escritos folios N° 12 y 13: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la resolución en alzada con supresión de su fundamento tercero
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica