MARIANELA DEL CARMEN PEREZ SALDIA Y OTRAS CON CLUB HIPICO DE CONCEPCION S.A.
Rol
Fecha
18 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Estimando que el punto N° 2 del auto de prueba de folio 26 se encuentra comprendido en el punto de prueba N° 1, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de apelación subsidiario interpuesto por el apoderado de la parte demandante en folio 29, y en consecuencia, se enmienda la resolución de veinte de septiembre de dos mil veintidós, modificada por la de 14 de diciembre de dos mil veintidós, en folio 33, eliminándose el punto de prueba N° 2 y pasando a ser los puntos siguientes 3, 4, 5, 6 y 7, como 2, 3, 4, 5 y 6, respectivamente. Entiéndase esta resolución como integrante de las escritas en folio 26 y 32. Devuélvase. N°Civil-3089-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCP/mfmm Concepción, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. VISTO: Estimando que el punto N° 2 del auto de prueba de folio 26 se encuentra comprendido en el punto de prueba N° 1, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de apelación subsidiario interpuesto por el apoderado de la parte demandante en foli
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