SIN INFORMACION

CAÑAS / DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece don Enrique Jofré Parra, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, Centro de Atención Jurídica Segunda Instancia, a favor de don Jean Carlos Cañas Rojas, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de amparo en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por la dictación de la Resolución Exenta Nº 3.377 de 26 de agosto de 2021, que ordena su expulsión del país. Indica que la recurrente emigra de Venezuela rumbo a Chile con fecha de 26 de octubre de 2018, junto a su hija Neiflor Cañas Zambrano, en función de que su pareja, don Jean Carlos Cañas Rojas había emigrado del mismo país con fecha de 16 de mayo de 2018, cruzando por Colombia, Ecuador y Perú para llegar al país. Transcurriendo el año 2020, junto con su pareja se radican en Perú, trabajando informalmente con el fin de darle una mejor vida a su hija. Hace presente que su hija se encuentra estudiando en el Colegio de Niñas de Canadá, teniendo RUT provisorio escolar, y se encuentra en FONASA inscrita como niña asmática, logrando reducir su diagnóstico a un 70%, teniendo mejor calidad de vida, y dando tranquilidad a su familia. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso declarando que la expulsión materializada a través del mencionado decreto es ilegal y disponiendo, como providencia necesaria para restablecer el imperio del derecho, dejar sin efecto dicho acto administrativo, decretando, a su vez, se deje sin efecto el sometimiento a control policial mediante firma periódica. A folio 6, informa la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, en síntesis, se indica que la medida de expulsión fue adoptada por la autoridad competente, dentro del marco de las potestades que le reconoce la ley vigente y conforme a los antecedentes que se tuvieron a la vista. Señala haberse realizado la denuncia ante la Fiscalía Local correspondiente por infracción a la Ley de Extranje

Fundamentos

considerando: Primero: Que mediante el presente arbitrio, se impugna la Resolución Exenta N° 3.377 de veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, en virtud de la cual se dispone su expulsión del territorio nacional, solicitándose que la misma sea dejada sin efecto. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes, es posible advertir que la expulsión del país resulta ser una medida desproporcionada, considerando que actualmente el amparado se encuentra reunificado con su grupo familiar compuesto por su pareja e hija, de 7 años de edad, quien se encuentra estudiando de forma regular. Tercero: Que, de ejecutarse la medida, ciertamente ocasionará un daño que perturbará la unidad familiar, afectando lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia, así como propender al fortalecimiento de ésta, por lo que se acogerá el recurso de amparo en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso. Cuarto: Que, en lo que dice relación con la recurrida Policía de Investigaciones de Chile, no se advierte acto arbitrario e ilegal cometido por ésta, puesto que la ilegalidad que se reclama emana exclusivamente de la Resolución Exenta N° 3.377 de veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, dictada por la Delegación Presidencial aludida, por lo que se rechazará el arbitrio a su respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara: 1.- Que, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de don Jean Carlos Cañas Rojas, en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 3.377, de fecha veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, que dispuso la expulsión de la amparada del territorio nacional, como asimismo el control de firma al que se encuentra sujeta. 2.- Que, se rechaza el recurso de amparo en favor de don Jean Carlos Cañas Rojas en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-46-2023. En Valparaíso, dieciocho de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece don Enrique Jofré Parra, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, Centro de Atención Jurídica Segunda Instancia, a favor de don Jean Carlos Cañas Rojas, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de amparo en contra de la Delegación Presidencial Regional d

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