SIN INFORMACION

JARAMILLO TORRES ALEXANDER CRISTIAN/1° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen los abogados Claudio Quezada De la Jara, Luis Alberto Silva Rojas, Catalina Granic Villanueva, Javiera Acevedo Fuenzalida y Daniela Sánchez VidaL, en representación de don ALEXANDER JARAMILLO TORRES, deducen acción constitucional de amparo en contra de Jueza del Primer Juzgado de Familia de Santiago doña Pamela Edith De La Peña Salazar , solicitando dejar sin efecto la orden de arresto y todos los medios de apremio dictados en su contra, o al menos la orden de arresto y el arraigo nacional, para asegurar su libertad personal y seguridad individual, en su calidad de demandado causa de cumplimiento de alimentos seguidos en dicho Tribunal RIT Z-2347-2021, caratulados “JARAMILLO/CHANCO”. Explican que el 09 de diciembre del año 2022, el amparado presentó escrito objetando la última liquidación practicada, por no haberse imputado a la deuda el pago efectuado el día 18 de noviembre de 2022, confiriéndoles en el mismo escrito, patrocinio y poder, solicitando como forma especial de notificación, los correos de los comparecientes Indican por su parte, la parte demandante, el 10 de diciembre de 2022, la solicitante presentó escrito solicitando las órdenes de apremios, quedando ambos escritos por resolver. Luego, con fecha 29 de diciembre de 2022, la Magistrada recurrida se pronunció respecto al escrito de fecha 09 de diciembre de 2022, señalando expresamente que previo a proveer todo el escrito, el amparado debía ratificar el patrocinio y poder dentro de tercero día, lo que realizó el 03 de enero de 2023, dentro del plazo legal, constando en el expediente electrónico la actuación que certifica lo señalado. Señalan que el 12 de enero de 2023, el amparado tomó conocimiento que la Magistrada, emitió dos resoluciones judiciales: una que decreta orden de arresto en su contra, por el período de 15 días de reclusión nocturna, y arraigo nacional; y otra que decreta la suspensión de licencia de conducir. Acusa que dichas resolucio

Fallo

se resuelve el escrito de fecha 09 de diciembre del año 2022, ordenando practicar una nueva liquidación por no haberse considerado los depósitos efectuados en el periodo en que se realiza la certificación de deuda de fecha 26 de noviembre del año 2022; y, a su vez se ordena el alzamiento de la medida de arresto y la orden de arraigo decretadas, como asimismo, se dejó sin efecto la suspensión de licencia de conducir decretada con fecha 05 de enero de 2022, haciendo presente que dicha orden revoca además cualquier otro arraigo y arresto anterior Finalmente expresa que atendido lo anterior, habiéndose dejado sin efecto las órdenes de arresto y arraigo, el fundamento del recurso perdió su fin, por no encontrarse vigentes. TERCERO: Que el recurso de amparo ha sido establecido por el constituyente como un medio destinado a poner rápido remedio a la conculcación del derecho, en cuanto ella se vea conculcada por el Estado, sus agentes o por terceros, facultando a esta Corte la toma de todas las medidas que sean necesarias para su restablecimiento. En este derrotero, corresponde a esta Corte determinar, en el caso concreto, si ha existido o no una vulneración de la especie. CUARTO: Que, como consecuencia de lo indicado precedentemente, es requisito indispensable, una afectación actual al derecho a la libertad ambulatoria y la seguridad individual, lo que a la luz de lo informado por el Primer Juzgado de Familia de Santiago, en la especie, no existe, por haberse dejado sin efecto los

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C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen los abogados Claudio Quezada De la Jara, Luis Alberto Silva Rojas, Catalina Granic Villanueva, Javiera Acevedo Fuenzalida y Daniela Sánchez VidaL, en representación de don ALEXANDER JARAMILLO TORRES, deducen acción constitucional de amparo en contra de Jueza del Primer Juzgado

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