VEGA/PROK CONVEYOR EQUIPMENT SPA
Rol
Fecha
20 de enero de 2023
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 20.169, las acciones conferidas por dicha ley se tramitarán de acuerdo con las normas del juicio sumario, procedimiento en el cual, conforme al artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, se señala que la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha once de noviembre de dos mil veintidós, en contra de la resolución de siete de noviembre del mismo año. Comuníquese. N°Civil-233-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha once de noviembre de dos mil veintidós, en contra de la resolución de siete de noviembre del mismo año. Comuníquese. N°Civil-233-2023.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, veinte de enero de dos mil veintitrés. A los folios N°3 y N°4: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 20.169, las acciones conferidas por dicha ley se tramitarán de acuerdo con las normas del juicio sumario, procedimiento en el cual, conforme al artículo 686 del Có
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica