CHARLES/SUBSECRETARIA RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
18 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero. Christian Pérez Jara, abogado, en representación de Venia Charles, haitiana, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, quien aún no ha emitido pronunciamiento sobre su permiso de visa de turista, solicitado el 24 de mayo de 2022, estimando vulnerada su garantía del artículo 19 N°2 de la Constitución Política, igualdad ante la ley. Sostiene que tal omisión es arbitraria e ilegal, pues infringe la ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos y carece de justificación razonable. Concluye solicitando que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre su petición, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo. Informó Cristian Donoso Maluf, Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el exterior, quien alegó, en primer lugar, la incompetencia del tribunal, en razón del territorio, señalando que la afectada reside en Haití y que la recurrida tiene domicilio en la comuna de Santiago. En cuanto al fondo del recurso, afirma que la solicitud de la recurrente se encuentra en tramitación y la demora se debe al escenario adverso que se vive hoy en Haití, que ha impedido un flujo normal de las solicitudes de visas en dicho lugar. Niega la existencia de un derecho indubitado que pueda ostentar la recurrente, así como la existencia de un acto administrativo terminal que pueda ser catalogado de arbitrario e ilegal. Tercero: Respecto de la excepción de incompetencia del tribunal, de la lectura del recurso consta que la recurrente ha fijado domicilio en la comuna de Valdivia, por lo que, en el entendido de que la actora busca ingresar a esta región, los efectos del acto tienen efectos en esta jurisdicción, en los términos señalados en el número 1° del Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, por lo que esta Corte es competente para conocer del recurso y la incompetencia debe ser rechazada. Cuarto. En cuanto al fondo del recurso, el principio de reunificación familiar reconocido en el artículo 9° de la ley 20.430, así como el deber de resguardo de la familia que dispone el inciso final del artículo 1° de la Constitución Política de la República, impone al Estado de Chile, no ser el causante o responsable de impedimentos u obstáculos injustificados y/o arbitrarios de orden administrativo y burocrático que entorpezcan o dificulten más allá de lo razonable, su reunificación. Quinto. En este caso, no existe controversia respecto de que la recurrente solicitó su visa de turista el 24 de mayo de 2022 y que, hasta la fecha del informe, dicha petición no ha sido resuelta. Sexto: Esta demora, sin perjuicio de los inconvenientes reseñados por el señor Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el exterior, excede, con mucho, el plazo de seis meses establecido en el artículo 27 de la ley 19.880 sobre bases del procedimiento administrativo y transgrede los princ
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Venia Charles, haitiana, debiendo la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el exterior pronunciarse respecto de su permiso de visa de turista dentro de 90 días. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-8849-2022. En Valdivia, dieciocho de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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Foja: 0 Cero C.A. de Valdivia Valdivia, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. Visto y considerando: Primero. Christian Pérez Jara, abogado, en representación de Venia Charles, haitiana, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, quien aún no ha emitido pronunciamiento sobre su permiso de visa de turista, solicitado el 24 de mayo de 2022, estimando vulnerada su garan
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