DAICE DEL CARMEN RIQUELME MERINO Y OTRAS/HÉCTOR DARÍO CHÁVEZ SAAVEDRA
Rol
Fecha
17 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo, no aparecen hechos que pudieran constituir vulneración de garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República por esta vía, y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Sin perjuicio de lo precedentemente resuelto, remítanse los antecedentes al Juzgado de Familia de Tomé por la vía más expedita. Ofíciese. Regístrese y archívese. N°Protección-1088-2023.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Sin perjuicio de lo precedentemente resuelto, remítanse los antecedentes al Juzgado de Familia de Tomé por la vía más expedita. Ofíciese. Regístrese y archívese. N°Protección-1088-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/v.p.s. Concepción, diecisiete de enero de dos mil veintitrés. Al recurso folio 1: Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo, no aparecen hechos que pudieran constituir vulneración de garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República por esta vía, y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica