SIN INFORMACION

CLÍNICA LAS CONDES S.A./SUPERINTENDENCIA DE SALUD (LTE)

Rol

Fecha

17 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecieron don Sebastián Oddo Gómez y don Martín Coronado Atenas, abogados, en representación de la Clínica Las Condes S.A., quienes interpusieron recurso de reclamación especial establecida en el artículo 113 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 del año 2005 del Ministerio de Salud en contra de la Superintendencia de Salud, solicitando se deje sin efecto la Resolución Exenta SS/N° 917, de 25 de julio de 2022 que, rechazó el recurso jerárquico deducido subsidiariamente a la reposición rechazada por Resolución Exenta IP/No. 2714, de 11 de julio de 2022, con costas, por infracción al principio de motivación del acto administrativo. Expusieron que el recurso de reclamación tiene su origen en un reclamo presentado por la paciente doña Aileth Tenjo Vásquez en contra de Clínica Las Condes ante la Superintendencia de Salud por una supuesta infracción al artículo 8 letra b) de la 3 Ley N° 20.584, a raíz de un proceso de fertilización asistida que inició a finales del año 2019. Se funda el reclamo de la paciente en cuanto ante sus reiteradas consultas sobre la cobertura de las prestaciones de salud mediante Bono PAD de Fonasa, la Clínica habría asentido y por esa razón decidió continuar con la atención de salud que, en definitiva, resultó ser exitosa. Indica que la controversia recae sobre la supuesta información otorgada a la paciente por parte de la Clínica Las Condes acerca de la cobertura de su tratamiento mediante el Bono PAD de Fonasa, pues a juicio de la paciente la Clínica habría asegurado que sí existía la cobertura. Luego, a raíz del mero testimonio de la paciente, la Superintendencia resolvió que CLC incumplió su deber de información y por ese motivo le correspondía asumir directamente el pago de las prestaciones que no habían sido cubiertas por el Bono PAD. Refiere que, la resolución reclamada concluyó que, a partir de la revisión de los antecedentes que obran en el expediente, y del hecho que el prestador no acompaña ant

Fallo

Por estas consideraciones y conforme lo dispuesto en los artículos 113, 121 y 123 del D.F.L. N° 1 del año 2005 del Ministerio de Salud, se decide rechazar la reclamación de ilegalidad administrativa interpuesta por don Sebastián Oddo Gómez y don Martín Coronado Atenas, en representación de la Clínica Las Condes S.A., en contra de la Resolución Exenta SS/N° 917, de 25 de julio de 2022 que, rechazó el recurso jerárquico deducido subsidiariamente a la reposición rechazada por Resolución Exenta IP/No. 2714, de 11 de julio de 2022 dictado por el Superintendente de Salud don Víctor Torres Jeldes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Contenciosos Administrativo N° 404-2022

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de enero de dos mil veintitrés. Al folio N° 20: téngase presente. Al folio N° 21: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al folio N° 22: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecieron don Sebastián Oddo Gómez y don Martín Coronado Atenas, abogados, en representación de la Clínica Las Condes S.A., quienes interpusieron recur

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