SIN INFORMACION

GUEVARA/SEVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Diego Pérsico Torres, abogado, en favor de Iván Ernesto Guevara Broggi, de nacionalidad peruana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el número 2 del artículo 19. Alega que la parte recurrente formuló su petición ante la autoridad administrativa el 1 de julio de 2019, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud. En cuanto a la ilegalidad destaca que cobra especial relevancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, enfatizando los artículos 7 y 27, que consagran el Principio de Celeridad. Pide se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la petición, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que al evacuar informe el Servicio Nacional de Migraciones expone que el recurso ha perdido oportunidad. Refiere que mediante comunicación electrónica N° 4332612, de fecha 18 de febrero de 2020, del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se otorga al extranjero recurrente un plazo de 5 días para subsanar hoja de identificación, toda vez que la hoja de pasaporte presentado no se encontraba vigente y algún documento que acreditase actividad económica. Agrega que en atención a que no dio cumplimiento a lo requerido por la autoridad, acompañando a la subsanación documentos no solicitados, y no acreditó la actividad que realiza en el país, ya sea con ingresos propios o estudios, es que mediante comunicación electrónica N° 13214775, de fecha 25 de marzo de 2021, del Departam

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Iván Ernesto Guevara Broggi. Regístrese y comuníquese. N°Protección-82749-2022. Pronunciada por la Sexta Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero, e integrada por la Fiscal Judicial señora Ana María Hernández Medina y el Abogado Integrante señor Cristian Lepin Molina.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Diego Pérsico Torres, abogado, en favor de Iván Ernesto Guevara Broggi, de nacionalidad peruana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de

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