ROSY YDALINA CORREIA ACUÑA / POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
17 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor de Rosy Ydalina Correia Acuña, de nacionalidad venezolana, interpone amparo en contra del Sr. Delegado Presidencial Regional de Valparaíso y Policía de Investigaciones de Chile, por cuanto se ha resuelto su expulsión del país mediante resolución exenta N°3146 de 12 de agosto de 2021. Señala que ingresa al país por paso clandestino. En Chile, sostiene que se ha reunido con sus padres y hermanos, quienes cuentan con residencia legítima. Indica que por su ingreso clandestino, la Intendencia dicta el acto administrativo de expulsión. Finaliza solicitando se acoja la presente acción cautelar, declarándose que la expulsión materializada es ilegal pues mantiene arraigo familiar en el país por vivir actualmente con familia, y se disponga como providencia necesaria para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto el acto administrativo y ordenar a la autoridad administrativa regularizar la situación migratoria. Que, informa el Delegado Presidencial Regional de Valparaíso. Sostiene que la resolución en cuestionamiento, se funda en informe de la Policía de Investigaciones de Chile, en el que se expresa el ingreso al país por paso no habilitado en forma clandestina, eludiendo el control de entrada. Con tales antecedentes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 78 del DL 1.094 Ley de Extranjería, se presentó denuncia ante la Fiscalía, habiéndose luego desistido de la misma. Sostiene que en mérito de los antecedentes se dicta la Resolución Exenta que ordena la expulsión del extranjero en razón de su ingreso clandestino, actuando estrictamente dentro de la esfera de sus facultades, como lo señala el artículo 69 en relación al artículo 78 del DL 1094, y artículo 146 en relación al artículo 158 del DS 597/1984. Señala que está habilitada para dictar la medida de expulsión sin la previa existencia de una sentencia condenatoria por el hecho de haber ingresado clandestinamente, según se desprende del análisis del in
Fundamentos
considerando: Primero: Que el recurso de amparo solicita se deje sin efecto la resolución que decretó su expulsión del territorio nacional, por haber ingresado clandestinamente al mismo, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 69 del Decreto Ley N° 1094 del año 1975 y 146 y 158 del Reglamento de Extranjería, argumentado que la expulsión fue decretada en un caso no establecido por la ley. Segundo: Que, en efecto, del informe de la Delegación Presidencial se indica que se presentó denuncia ante la Fiscalía y que se desistió de la misma, de manera que no se cumple el supuesto establecido el artículo 69 del Decreto Ley N° 1.094, para decretar la expulsión de la amparada del territorio nacional. Tercero: Que, teniendo únicamente presente que del mérito de los antecedentes, se advierte que la expulsión del país resulta ser una medida desproporcionada, considerando que la recurrente vive en chile junto a sus padres y hermanos, quienes mantienen residencia regular, de ejecutarse la medida, ciertamente ocasionará un daño que perturbará la unidad familiar, afectando lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia, así como propender al fortalecimiento de ésta, razón por la que esta acción será acogida.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara que, se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de Rosy Ydalina Correia Acuña y, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución exenta N°3146 de 12 de agosto de 2021, que decretó su expulsión del territorio nacional. Regístrese, comuníquese, notifíquese, y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-22-2023.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de enero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor de Rosy Ydalina Correia Acuña, de nacionalidad venezolana, interpone amparo en contra del Sr. Delegado Presidencial Regional de Valparaíso y Policía de Investigaciones de Chile, por cuanto se ha resuelto su expulsión del país mediante resolución exenta N°3146 de 12 de agosto
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