1º JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR

TOBAR/ALONSO

Rol

Fecha

17 de enero de 2023

Materia

SENTENCIA JUDICIAL, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

FALLADA/CONFIRMADA CON DECLARA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, entendiendo que el párrafo primero de la cláusula novena de las bases de remate se refiere a la imputación al crédito de autos y que, en relación al exceso respecto de aquel se podrá eventualmente compensar con otros créditos que se tenga contra el ejecutado, siempre que concurran los requisitos legales y conforme lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha veintitrés de agosto de dos mil veintidós del cuaderno de apremio, dictada por el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar, con declaración que en la cláusula séptima de las bases se reemplaza la frase “esto es a beneficio del ejecutante” por “esto es, se abonará al crédito”. Devuélvase. N°Civil-2531-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, a diecisiete de enero de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, entendiendo que el párrafo primero de la cláusula novena de las bases de remate se refiere a la imputación al crédito de autos y que, en relación al exceso respecto de aquel se podrá eventualmente compensar con otros créditos que se tenga contra el ejecutado, siempre

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