5º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MANCILLA/PINO

Rol

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos y teniendo presente:          Que, en lo que respecta a los juicios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez tendrá por interpuesto el recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio. El apelante deberá reproducirlo dentro de los cinco días subsiguientes al de la notificación de la sentencia y en virtud de esta reiteración, lo concederá el tribunal. En mérito de lo anteriormente expuesto y lo dispuesto en el artículo 698 del Código de Procedimiento Civil y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el veinticinco de noviembre de dos mil veintidós, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de nueve del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-164-2023.

Texto Completo (Preview)

jzc C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. A los folios 3 y 4; aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente:          Que, en lo que respecta a los juicios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el p

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