MOENNE-LOCCOZ/TESORERIA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
Rol
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 16 de noviembre del año 2022, comparece don OSCAR RENE MOENNE-LOCCOZ ILLESCA, 14.078.314-5, independiente dependiente, domiciliado en Huérfanos 1117, oficina 501, comuna de Santiago, región Metropolitana, en autos Administrativos sobre cobro de obligaciones tributarias de dinero seguidos ante la TESORERÍA REGIONAL DE LA ARAUCANIA, autos administrativos 10048-2017 GORBEA, e interpone recurso de hecho en contra de la Resolución del Tesorero regional, doña CLAUDIA ANDREA GUAJARDO ARRIAGADA en su calidad de Juez Sustanciador de la TESORERÍA REGIONAL DE LA ARAUCANIA, dictada con fecha 14 de noviembre de 2022, y notificada a esta parte por correo electrónico, con esa misma fecha, según consta de la documentación que se acompaña, a fin de que se le de tramitación conforme a Derecho, y resuelva dar lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto, con fecha 10 de noviembre de 2022. Indica que con fecha 19 de agosto del año en curso se presentó incidente de abandono del procedimiento en expediente administrativo 10048-2007 GORBEA, en virtud a la inactividad Tesorería superior a tres años. Agrega que dicha solicitud de abandono fue rechazada con fecha 2 de septiembre de 2022, notificada a esta parte con fecha 3 de noviembre, fundada básicamente en que, en los procesos administrativos de cobro de obligaciones tributarias de dinero, no existen partes y, por ende, la aplicación del artículo 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, se hace impracticable. Refiere que al rechazar la solicitud de abandono de procedimiento, esta parte interpuso recurso de apelación con fecha 10 de noviembre de 2022, fundado dicho recurso en los argumentos de derecho y jurisprudenciales de nuestra Excma. Corte Suprema. Así, con fecha 14 de noviembre de 2022, el Tesorero Provincial Juez Sustanciador, niega lugar a la tramitación de nuestro recurso de apelación resolviendo “Que, atendidos los
Fundamentos
fundamentos esgrimidos precedentemente, A LO PRINCIPAL: NO HA LUGAR al Recurso de Apelación, por improcedente y extemporáneo.” Señala que en materia de cobranza tributaria, el Tesorero regional o provincial actúa como Juez en un procedimiento contencioso compulsivo ejerciendo funciones jurisdiccionales, no se trata de una administrativa previa para recurrir a tribunales, se trata de un procedimiento ejecutivo con afectación de derechos, y
Fallo
por tanto debe aplicarse, en lo no reglamentado en el Código Tributario, el Código de Procedimiento Civil, en especial las reglas comunes a todo procedimiento. En ambos procede el ejercicio de derechos y recursos judiciales, en virtud del artículo 2 y 190 del Código Tributario. Señala que interpuso apelación por los fundamentos de hecho y de derecho y se formularon peticiones concretas, dirigiéndose el recurso en contra de la resolución que resuelve el incidente de abandono de procedimiento que es una sentencia interlocutoria que otorga derechos permanentes a las partes. Por lo que pide, dar lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto por esta parte en estos autos, con fecha 10 de noviembre de 2022. A folio 5, con fecha 19 de diciembre del año 2022, informa la recurrida, indicando expresamente que en expediente administrativo que se sustancia ante Tesorería Regional de la Araucanía, Rol 10048-2017 de Gorbea, se interpuso incidente de abandono del procedimiento siendo rechazado y que, luego, con fecha 10 de noviembre último, deduce apelación, negándose lugar al mismo con fecha 14 de noviembre de 2022. Sostiene que la apelación ha sido interpuesto en forma extemporánea, por cuanto, se notificó con fecha 3 de noviembre el rechazo del incidente de abandono, recurriendo de apelació el 10 de noviembre, fuera del plazo de 5 días, previsto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al fondo, indica es improcedente, señalando sobre la materia s
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C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: A folio 1, con fecha 16 de noviembre del año 2022, comparece don OSCAR RENE MOENNE-LOCCOZ ILLESCA, 14.078.314-5, independiente dependiente, domiciliado en Huérfanos 1117, oficina 501, comuna de Santiago, región Metropolitana, en autos Administrativos sobre cobro de obligaciones tributarias de dinero seguidos ante la TESORERÍA
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