1º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE COQUIMBO

CAMPUSANO MASSAD, JAIME/BANCO DE ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

16 de enero de 2023

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

VISTOS: Que tomando en consideración la actuación del Banco denunciado en autos en orden a reparar el daño emergente alegado por actor en su libelo, estos sentenciadores estiman prudente rebajar el monto de la multa a la que resultó condenado infraccionalmente, por lo que visto lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 18.287, ley N° 19.496 y artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que SE CONFIRMA, en lo apelado, la sentencia de fecha treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, escrita de fojas 79 a 84 de autos, CON DECLARACIÓN que se rebaja la multa impuesta al denunciado Banco del Estado de Chile a la suma de Cuarenta Unidades Tributarias Mensuales (40 U.T.M), la que de conformidad al artículo 61 de la Ley 19.496 es a beneficio fiscal. II.- Que no se condena al apelante a las costas generadas en esta instancia, por no haber sido totalmente vencido. Acordada la reducción de la multa con el voto en contra del Ministro Sr. Pulgar, quien fue de parecer de compartir los criterios y argumentos esgrimidos por el a quo en este punto, sobre todo en cuanto a la tardanza con que la institución bancaria dio respuesta al requerimiento del actor, lo que no puede sino ser considerado como negligente, a la luz del artículo 24 de la Ley 19.496. Por otro lado, el pago del daño emergente se produjo sólo a propósito del inicio de esta demanda, lo que en caso alguno, a juicio de este disidente, puede reducir la responsabilidad del banco en el hecho por el cual fue condenado. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 136-2022 Policía Local.-

Fallo

se declara: I.- Que SE CONFIRMA, en lo apelado, la sentencia de fecha treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, escrita de fojas 79 a 84 de autos, CON DECLARACIÓN que se rebaja la multa impuesta al denunciado Banco del Estado de Chile a la suma de Cuarenta Unidades Tributarias Mensuales (40 U.T.M), la que de conformidad al artículo 61 de la Ley 19.496 es a beneficio fiscal. II.- Que no se condena al apelante a las costas generadas en esta instancia, por no haber sido totalmente vencido. Acordada la reducción de la multa con el voto en contra del Ministro Sr. Pulgar, quien fue de parecer de compartir los criterios y argumentos esgrimidos por el a quo en este punto, sobre todo en cuanto a la tardanza con que la institución bancaria dio respuesta al requerimiento del actor, lo que no puede sino ser considerado como negligente, a la luz del artículo 24 de la Ley 19.496. Por otro lado, el pago del daño emergente se produjo sólo a propósito del inicio de esta demanda, lo que en caso alguno, a juicio de este disidente, puede reducir la responsabilidad del banco en el hecho por el cual fue condenado. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 136-2022 Policía Local.-

Texto Completo (Preview)

Campusano Massad, Jaime Banco del Estado de Chile Ley del protección al consumidor. Rol N° 136-2022 (5220-2020 del Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo) La Serena, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: Que tomando en consideración la actuación del Banco denunciado en autos en orden a reparar el daño emergente alegado por actor en su libelo, estos sentenciadores estiman prudent

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