1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ESCOBAR/SERVICIOS INDUSTRIALES INTEGRA LIMITADA

Rol

Fecha

16 de enero de 2023

Materia

ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Por sentencia de cinco de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-6416-2020, se rechazó la demanda interpuesta en todas sus partes, Contra ese fallo, recurrió de nulidad la parte demandante por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, cuando la sentencia se hubiere dictado con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Solicita que se acoja el presente recurso de nulidad, invalide el fallo recurrido, y dicte sentencia de reemplazo que condene a las demandadas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día de hoy, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fundamenta su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, infracción a las normas de la sana crítica al valorar la prueba, relacionando dicha causal a las disposiciones del artículo 456 del mismo cuerpo legal. Luego de señalar consideraciones respecto al método de valoración conforme la sana crítica, indica que el

Fallo

fallo recurrido, y dicte sentencia de reemplazo que condene a las demandadas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día de hoy, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fundamenta su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, infracción a las normas de la sana crítica al valorar la prueba, relacionando dicha causal a las disposiciones del artículo 456 del mismo cuerpo legal. Luego de señalar consideraciones respecto al método de valoración conforme la sana crítica, indica que el fallo contiene errores que atentan contra el razonamiento lógico, que vulneran la ley y los principios que informan el derecho laboral. En cuanto al razonamiento lógico indica que en la sentencia, no existe una ilación adecuada entre los diversos elementos que conducen a la errada resolución del conflicto, y hace un errado análisis desde la perspectiva lógica, pues llega a una conclusión errada a partir de elementos objetivos que acredita en el considerando tercero, pero que luego olvida al fallar. Agrega que el fallo es poco congruente, pues las probanzas rendidas llevan a acreditar la responsabilidad de las demandadas, omitiendo en el razonamiento del juez pruebas que lo demuestran como que el actor recogió los vidrios por su propia iniciativa y en forma temeraria, lesionándose la mano, a pesar de existir prueba testimonial, confesional y documental q

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. A los escritos folios 14, 15 y 16: a todo, téngase presente. VISTOS: Por sentencia de cinco de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-6416-2020, se rechazó la demanda interpuesta en todas sus partes, Contra ese fallo, recurrió de nulidad la parte demandante

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