ITAUCORPBANCA/FORESTAL MAREN S.A
Rol
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, y se tiene, además, presente: Primero: Que la parte demandante y recurrente ha acompañado prueba documental en esta instancia, consistente en: 1) Copia autorizada de inscripción de dominio y certificado de hipotecas y gravámenes del inmueble consistente en el Lote Uno B, de la Subdivisión de un inmueble, ubicado en la Comuna de Ercilla, Lote Uno B que tiene una superficie de 41,4 Hectáreas, Lote resultante de la subdivisión del predio agrícola hoy denominado Le Reve, Ex San Jorge, ubicado en la Comuna de Ercilla, inscrito a nombre de FORESTAL MAREN S.A. fojas 313 N°329 del Registro de Propiedad del año 2006 del Conservador de Bienes Raíces de Collipulli; 2) Copia autorizada de inscripción de dominio y certificado de hipotecas y gravámenes del inmueble consistente en el Predio Rustico ubicado en la Comuna de Ercilla, Provincia de Malleco denominado El Pinar, antes, hoy La Confianza, de una superficie aproximada de 223,80 hectáreas, formado por cuatro lotes, inscrito a nombre de FORESTAL MAREN S.A. fojas 272 vuelta N°300 del Registro de Propiedad del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Collipulli; 3) Copia autorizada de inscripción de dominio y certificado de hipotecas y gravámenes de Derecho de aprovechamiento de uso consuntivo de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de siete litros por segundo, sobre pozo profundo, y un volumen total anual a extraer desde el acuífero de doscientos veinte mil setecientos cincuenta y dos metros cúbicos, en la Comuna de Ercilla, Provincia de Malleco, Región de la Araucania, inscritos a nombre de Forestal Maren a fojas 43 vuelta N°17 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Collipulli del año 2009; y 4) Copia autorizada de inscripción de dominio y certificado de hipotecas y gravámenes de Derecho de aprovechamiento de uso consuntivo de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de ciento diez litro
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, y se tiene, además, presente: Primero: Que la parte demandante y recurrente ha acompañado prueba documental en esta instancia, consistente en: 1) Copia autorizada de inscripción de dominio y certificado de hipotecas y gravámenes del inmueble consistente en el Lote Uno B, de la Subdivisión
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