CORTÉS/INMOBILIARIA VICUÑA MACKENNA SPA
Rol
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 24 de julio de 2022, comparecen Nelson Octavio Lamas Contreras, con domicilio en El Almendral N°80, La Florida; Raúl Lizárraga Núñez, con domicilio en El Almendral N°40, La Florida; Jonathan Wiliams Miranda Acuña, con domicilio en El Almendral N°32, La Florida; Lilian del Pilar Morales Tapia, con domicilio en El Almendral N°56, La Florida; y Carol Mabel Cortéz Tozo, con domicilio en El Almendral N°72, La Florida; e interponen acción de protección en contra de Inmobiliaria Vicuña Mackenna SpA, representada por Andrés Uriarte Ibarra y Luis Domínguez Tihista, todos con domicilio en avenida Vitacura N°2939, comuna de Las Condes; por el acto arbitrario e ilegal consistente en demolición, acopio y retiro de escombros que contienen asbesto, sin haberse adoptado las medidas necesarias a fin de mitigar los efectos permanentes ocasionados a los inmuebles de los recurrentes y la salud física y psicológica de sus familias. Expone que el 20 de julio de 2022 la recurrida dio inicio a la a demolición, acopio y retiro de los escombros en el predio de su propiedad ubicado en la comuna de la Florida en Avenida Vicuña Mackenna N°6171, ex 6161 (por resolución de aprobación de subdivisión o fusión de predios número 279 de fecha 28 de marzo 2019 rol SII 45-363). Agrega que la recurrida asumió, de manera infundada, que los materiales que manipulaban están libres de asbesto, sin embargo la construcción que se demuele tiene una data de antigüedad de 40 años, época en que el uso del asbesto estaba permitido. Denuncian que desde el inicio de las obras sus vidas han dado un giro negativo, especialmente ya que existe la posibilidad de estar inhalando partículas con material cancerígeno, lo que ocasiona un perjuicio en su tranquilidad espiritual y emocional, así como en su salud física a mediano o largo plazo. Alega como garantías constitucionales conculcadas las consagradas en los numerales 8, 1 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia se rechaza, sin costas el recurso de protección interpuesto por Nelson Octavio Lamas Contreras, Raúl Lizárraga Núñez, Jonathan Wiliams Miranda Acuña, Lilian del Pilar Morales Tapia y Carol Mabel Cortéz Tozo, en contra de Inmobiliaria Vicuña Mackenna SpA. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad archívese. N° Protección N°97.195-2022 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciséis de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 24 de julio de 2022, comparecen Nelson Octavio Lamas Contreras, con domicilio en El Almendral N°80, La Florida; Raúl Lizárraga Núñez, con domicilio en El Almendral N°40, La Florida; Jonathan Wiliams Miranda Acuña, con domicilio en El Almendral N°32, La Florida; Lilian del Pilar
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