JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

MINISTERIO PUBLICO C/ JOSE MANUEL MENDEZ ALARCON

Rol

Fecha

16 de enero de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

DE FALLO

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital, lo expuesto por los comparecientes en estrados, teniendo especialmente presente la naturaleza de los ilícitos por los cuales fue formalizado el imputado Méndez Alarcón y la finalidad preventivas de las medidas cautelares previstas en la Ley 20.066, y lo dispuesto en el artículo 92 N°6 de la Ley 19.968 y artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha cuatro de enero del año en curso, por la cual se decretó mantener la cautelar de prohibición de tenencia y porte de arma de servicio, contemplada en el artículo 155 letra h) del Código Procesal Penal, en relación al artículo 9 letra c) de la Ley 20.066. Decisión acordada con el voto en contra del ministro señor Arcos, quien estuvo por revocar la resolución apelada y dejar sin efecto dicha medida cautelar. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 14 – 2023/Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán. - CBM/Cpr Chillán, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital, lo expuesto por los comparecientes en estrados, teniendo especialmente presente la naturaleza de los ilícitos por los cuales fue formalizado el imputado Méndez Alarcón y la finalidad preventivas de las medidas cautelares previstas en la Ley 20

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