CONTRATISTA PABLO PEREZ GUAJARDO EIRL/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUINCHAO
Rol
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Puerto Montt, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. Visto. Se reproduce la resolución en alzada, con excepción del
Fundamentos
considerando cuarto, que se elimina. Y se tiene, además, presente: Primero: Que el efecto de cosa juzgada que se opone como excepción a la demanda de indemnización de perjuicios en proceso de menor cuantía interpuesta por Contratista Pablo Pérez Guajardo EIRL., en contra de la I. Municipalidad de Quinchao, se sustenta en la resolución de ocho de junio de dos mil veintidós, dictada en autos Rol C-16-2021, por el Juzgado de Letras y Garantía de Achao, en la cual el Tribunal de la instancia aceptó el desistimiento de la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por Pablo Andrés Pérez Gajardo como persona natural en contra de la misma demandada. Segundo: Que el examen de los antecedentes permite establecer que en la causa Rol N° C-16-2021, seguida ante el Juzgado de Letras y Garantía de Achao, aun cuando se relaciona con el mismo contrato suscrito por el Municipio con la persona jurídica Contratista Pablo Pérez Guajardo EIRL., la demanda en dicha causa fue interpuesta por Pablo Andrés Pérez Gajardo, como persona natural y no en representación de la empresa individual de responsabilidad limitada. Tercero: Que, así las cosas, no aparece que la demandada pueda alegar la identidad legal de personas, que exige la institución en estudio para oponer la excepción alegada, por cuanto en aquel juicio la demanda fue interpuesta por Pablo Andrés Pérez Gajardo, en circunstancias que en este juicio la acción aparece deducida por Contratista Pablo Pérez Guajardo EIRL. Por consiguiente, la demandada no está en situación de hacer valer el desistimiento a la demanda, presentado en la citada causa Rol C-16-2021. Cuarto: Que abona a lo anterior el hecho que el demandante de la causa Rol C-16-2021 advirtió que no poseía de legitimación activa, es decir, carecía de un derecho para poder accionar, lo que justamente motivó su decisión de desistimiento.
Fallo
Por estas consideraciones y en conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la resolución apelada uno de agosto de dos mil veintidós, escrita a folio 5, del cuaderno de excepciones. Redacción a cargo del ministro suplente Moisés Montiel Torres. Regístrese, notifíquese y devuélvase oportunamente. Rol Civil 852-2022.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. Visto. Se reproduce la resolución en alzada, con excepción del considerando cuarto, que se elimina. Y se tiene, además, presente: Primero: Que el efecto de cosa juzgada que se opone como excepción a la demanda de indemnización de perjuicios en proceso de menor cuantía interpuesta por Contratista Pablo Pérez Guajardo EIRL., en contra de la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica