BAHBOUH/MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Nadim El Hayeck Jaddour en representación de Odai Bahbouh, de nacionalidad siria, cédula de identidad para extranjeros N° 26.431.991-9, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle Florida 982, comuna de San Bernardo, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en Matucana 1223, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la visa de permanencia definitiva solicitada. Explica que su representado solicitó el permiso referido el 10 de julio de 2020 y que a la fecha no se ha dictado el acto terminal respectivo, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, vulnerándose el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir el actuar de la autoridad pública. Pide que se ordene al organismo dictar el acto administrativo terminal respectivo. Segundo: Que informa al tenor del recurso Paula Díaz Miranda, abogada del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de la condena en costas. Indica que el 5 de diciembre de 2021, se dictó la Resolución Exenta N° 21255338 que aprueba el avance de la solicitud de permanencia definitiva a la etapa de evaluación intermedia. Agrega que el 7 de septiembre de 2022, se le solicitó al recurrente subsanar su solicitud, lo que fue cumplido por éste dentro de plazo. Afirma que estando en tramitación la solicitud, el recurrente mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, s
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Odai Bahbouh en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se ordena al recurrido que dentro del plazo de treinta días emita un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº 23.435-2022 Protección
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San Miguel, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Nadim El Hayeck Jaddour en representación de Odai Bahbouh, de nacionalidad siria, cédula de identidad para extranjeros N° 26.431.991-9, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle Florida 982, comuna de San Bernardo, para deducir recurso de protección en contra de
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