SIN INFORMACION

VÁSQUEZ/JUZGADO DE GARANTÍA DE CONSTITUCIÓN

Rol

Fecha

13 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 8 del mes y año en curso, comparece don Jairo Vásquez Araneda, abogado, quien viene en deducir acción constitucional de amparo, en nombre y a favor de todos los imputados en causa RIT N° O-52-2022, Ruc N° 2101027701-6, del Juzgado de Garantía de Constitución; recurso que se dirige en contra de dicho Tribunal, representado por la Magistrada doña María Carolina Aliaga Navarro, por cuanto ésta, mantiene en calidad de detenidos a todos los imputados de la mencionada causa, desde el día jueves 5 de enero del presente año hasta la fecha, habiendo transcurrido con creces los plazos que se otorgan para tal efecto, lo que constituye una arbitrariedad e ilegalidad según los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación pasa a exponer y que vulneran sus derechos a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 número 7° de la Carta Fundamental. Refiere que, el jueves 5 de enero de 2023, aproximadamente a las 3:00 am, se realizó un operativo denominado “Operación Radiata”, mediante el cual se tomaron detenidos a 47 personas, las que luego fueron puestas a disposición del Juzgado de Garantía de Constitución para su posterior control de detención y formalización de la investigación. Agrega que, en ese contexto, no fue posible realizar el control de la detención el día jueves 5 de enero de 2023, por lo que se accedió a la ampliación de la detención, para que esta se llevase a cabo el día viernes 6 de enero de 2023, conjuntamente con la formalización de la investigación. Señala que, se procedió a llevar a cabo el control de detención y la formalización, pero debido a la cantidad de hechos diversos que perseguía la fiscalía, y a la extensa cantidad de imputados, se tomó la decisión por parte de la Magistrada aludida, hacer un “receso” de la audiencia, receso que iba desde el día sábado 7 de enero desde las 2:00 am (hora en que finaliza la audiencia que había empezado el día viernes a las 10:00), continuando con esta el día s

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, 10, 131 y 283 inciso primero del Código Procesal Penal y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo interpuesto por don Jairo Vásquez Araneda, en favor de Freddy Antonio Núñez Cáceres, Cristian Enrique Carrasco Espinoza, Javier Ignacio Muñoz Jaque , Sebastián Ignacio Núñez Núñez, Julio David Chávez Loyola, Francisco Javier Jesús Díaz Gómez, Luis Hernán Aravena Hormazábal, Francisco Alberto Morales Solorza, Cristian Marcelo Díaz Aravena, Miguel Ángel Díaz Aravena, Benjamín Esteban Alegría Agurto, Jonathan Andrés Alegría Agurto, Esteban Edgardo Jaque Morales, Leonardo Fabián Valenzuela Vila, Ariel Esteban Salgado Alegría, Bayron Andrés Lara Sandoval, Froilán Enrique Jara Riquelme, Juan Alfonso Garrido Loyola, Sergio Eladio Jelvez Ormeño, Raúl del Tránsito López Fuentes, Gerardo Enrique Aravena Valenzuela, Alfonso Andrés Alegría Valenzuela, Alejandro Antonio Alegría Valenzuela, Cristian Eugenio Medel Carrasco, Mauricio Andrés Castro González, Cristian Alejandro Castro González, Claudio Humberto Muñoz Jaque, Álvaro Ernesto Toledo Valenzuela, Nelson Alejandro Muñoz Alegría, José Manuel Garrido Hernández, Leonardo Antonio Torres, Víctor Hugo Jaque Bernal, Denis Josué Soto Valenzuela, José María Bernal Gómez, Allan Sebastián Medel Pereira, Alexis Andrés Gómez Ramos, Felipe Antonio Núñez Cáceres, Cristián Vi

Texto Completo (Preview)

Talca, trece de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 8 del mes y año en curso, comparece don Jairo Vásquez Araneda, abogado, quien viene en deducir acción constitucional de amparo, en nombre y a favor de todos los imputados en causa RIT N° O-52-2022, Ruc N° 2101027701-6, del Juzgado de Garantía de Constitución; recurso que se dirige en contra de dicho Tribunal,

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