REBAGLIATI/BANCO SANTANDER-CHILE CHILE
Rol
Fecha
13 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Esteban Antonio Rebagliati Díaz, abogado, interponiendo recurso de protección en contra de Banco Santander Chile S.A., por haber cometido los siguientes actos: (i) resuelto unilateralmente un contrato de compraventa de dólares; (ii) ha efectuado unilateralmente cargos a su cuenta corriente para tratar de hacerse del dinero producto de la compraventa en cuestión; (iii) ha hecho unilateralmente cargos en su línea de crédito; y (iv) ha bloqueado su cuenta corriente. Estos hechos vulnerarían sus derechos de propiedad y a no ser juzgado por comisiones especiales. Señala que, con fecha 12 de julio de 2022, revisando la aplicación para teléfonos móviles del Banco Santander, vio que ella estaba ofreciendo dólares a un precio de $120.25 por moneda, razón por la cual hizo seis compras, cada una por mil dólares; agrega que en dicho momento el Banco aceptó las compras, realizó los correspondientes cargos en su cuenta corriente en pesos y registró los respectivos abonos en la cuenta corriente en dólares. Agrega posteriormente vendió dichos dólares al mismo banco y transfirió el monto en pesos que le fue pagado, de $6.034.200, a una cuenta en el Banco Itaú. Añade que la tarde del mismo día el Banco Santander depositó en su cuenta corriente en pesos todo el valor de la compra de dólares e hizo un cargo a su cuenta en dólares por cerca de 5990 unidades de la moneda americana. Indica que al día siguiente recibió un correo del Banco Santander Chile, notificándole que el precio al cual me vendieron los dólares el día anterior se había debido a un error, debido a que el sistema no se encontraba preparado para que el precio de la divisa superase los mil pesos, vale decir, no está configurado para las cuatro cifras, y producto de ello se habría perdido un cero. Señala que el mismo día el Banco Santander bloqueó su cuenta corriente. Indica que el 14 de julio de 2022 el Banco Santander había imputado la deuda que habría tenido en dólares a su cuenta corriente en pesos. Así, el saldo negativo de su cuenta en dólares paso a ser $0, y su cuenta corriente en pesos pasó a tener un saldo negativo de $5.200.000. Luego, el 15 de julio de 2020 constaté que en su cuenta corriente se registraba una deuda por $4.200.000, y que el millón de pesos faltante fue imputado a su línea de crédito, teniendo esta un saldo negativo de $1.000.000. Agrega que procedió a efectuar una transferencia desde su cuenta corriente del Banco Itaú a la del Banco Santander por la suma de $5.200.000, quedando el saldo de su cuenta corriente en $1.000.000.- mientras se mantenía una deuda, por igual monto, en su línea de crédito, deuda que no pudo pagar con el monto de su cuenta corriente por estar bloqueada. Estos actos vulnerarían sus derechos de propiedad y a no ser juzgado por comisiones especiales ya que la compra de dólares que el recurrente efectuó surtió todos sus efectos, habiéndose pagado el precio y efectuado la tradición de los dólares; y que en esas ci
Fallo
fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, de 20 de octubre de 2022, pronunciado en causa Rol N° 4.081-2022, y acorde con lo indicado en el considerando anterior, el recurso de protección tiene ciertas exigencias y su finalidad es la protección del ejercicio legítimo de ciertas garantías y derechos fundamentales protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política. Sin embargo, en este caso, no se aprecia tal ejercicio legítimo, por el contrario, se pretende utilizar el recurso de protección para obtener provecho de un error evidente en el valor del dólar utilizado por el sistema informático del banco recurrido, el que se explica -precisamente- por el alza histórica en su valor. Esta alza tiene el carácter de un hecho público y notorio que no puede -razonablemente- desconocerse por la recurrente. Tales razones incluso justifican la imposición en costas al actor y en tal sentido se declarará en lo resolutivo. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado que rige la materia, se rechaza, con costas, el recurso de protección interpuesto por Esteban Antonio Rebagliati Díaz en contra del Banco Santander Chile. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Protección-100861-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de enero de dos mil veintitrés. A los folios 24 y 25, a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Esteban Antonio Rebagliati Díaz, abogado, interponiendo recurso de protección en contra de Banco Santander Chile S.A., por haber cometido los siguientes actos: (i) resuelto unilateralmente un contrato de compraventa de dólares; (ii) ha efe
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